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RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2015, de la Gerencia de Sector de Zaragoza I del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal, de una plaza de Personal Técnico no Titulado, perteneciente a la plantilla del Hospital Royo Villanova de Zaragoza.

Publicado el 21/08/2015 (Nº 162)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

La Gerencia de Sector de Zaragoza I, en virtud de las competencias delegadas en materia de personal por Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 19, de 15 de febrero de 2006, y de conformidad con los artículos 9.2 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y con los artículos 35 a 37 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, acuerda convocar procedimiento selectivo para la provisión, con carácter temporal, de una plaza vacante de Personal Técnico No Titulado, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Número de plazas.

Una plaza de Personal Técnico No Titulado, para el Servicio de Admisión y Documentación Clínica del Hospital Royo Villanova del Sector de Zaragoza I.

Segunda.- Características del puesto de trabajo.

A) Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde.

B) Funciones. Codificación diagnóstica de las altas hospitalarias para obtener el Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD), así como aquellas otras funciones que se le encomienden en relación con las anteriores o, que sin estar directamente relacionadas, tengan contenido material o funcional de índole similar a las propias del grupo de clasificación de su categoría.

C) Retribuciones. Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones, acuerdos y pactos vigentes.

D) Periodo de prueba. El establecido en la normativa vigente.

E) Tipo de nombramiento. Al personal seleccionado para desempeñar la plaza convocada, se le extenderá nombramiento de personal estatutario temporal con carácter interino. Se dispondrá el cese en el nombramiento citado, cuando se incorpore personal fijo a la plaza desempeñada interinamente, por el procedimiento legal o reglamentariamente establecido, así como cuando dicha plaza resulte amortizada.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

A) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del empleado público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

B) Estar en posesión del Título de Técnico Superior en Documentación Sanitaria o equivalente expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias. En cualquier caso, dichos títulos, diplomas o certificados deberán ser previamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

C) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.

D) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

E) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su Estado el acceso al empleo público en los mismos términos.

F) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría, en el Sistema Nacional de Salud.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento del posible llamamiento y nombramiento.

Cuarta.- Solicitudes y documentación.

Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán formular solicitud según modelo adjunto que figura como anexo I.

Junto con la citada solicitud, los aspirantes presentarán necesariamente los siguientes documentos:

- Copia del DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de su identidad,

- Copia de la titulación oficial exigida o, en todo caso, documentación acreditativa de haberla solicitado.

- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica y experiencia profesional del candidato.

- El formulario de autobaremación que se adjunta como anexo II.

- Los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen y sean valorables según el baremo que figura como anexo III.

Para la acreditación de los méritos, bastará con la presentación de fotocopia de la documentación justificativa de los respectivos méritos alegados, sin perjuicio de la obligación del aspirante de presentar los documentos originales cuando sea requerido por el órgano convocante o por el órgano de selección nombrado al efecto. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados.

Los méritos que se aleguen deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad.

Quinta.- Plazo y lugares de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, se dirigirán a la Gerencia de Sector de Zaragoza I, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Eugenio Lucas, 31-33, 50018 Zaragoza, presentándolas directamente en el Registro General de la misma o en los registros de los Hospitales "Royo Villanova" y "Nuestra Señora de Gracia", o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

No se admitirán documentos acreditativos de los méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material alegada y probada por el aspirante y debidamente apreciada por el órgano convocante.

Sexta.- Criterios de Selección.

Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento, la idoneidad de los candidatos será valorada por una Comisión de Selección, cuya composición también se hará pública.

Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto de que aclaren los méritos que hayan presentado.

Con carácter previo a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes se efectuarán pruebas eliminatorias de aptitud, de carácter teórico, práctico o ambos, para determinar la idoneidad de los candidatos, que versarán sobre la identificación y codificación de diagnósticos y procedimientos de informes de alta hospitalaria, de conformidad con la Clasificación Internacional de Enfermedades, 9.ª revisión, Modificación Clínica (CIE-9-MC).

La ordenación de los aspirantes que hayan superado las mencionadas pruebas de aptitud, se realizará por la Comisión de Selección de conformidad con la puntuación obtenida aplicando el baremo de méritos de Personal de Gestión y Servicios de los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, que figura como anexo III, y la puntuación obtenida en las pruebas teórico-prácticas.

Séptima.- Composición de la Comisión de Selección.

La Comisión encargada de llevar a cabo la selección estará formada por:

- Presidente: Gerente de Sector de Zaragoza I, o persona en quien delegue.

- Vocales:

- Director del Hospital Royo Villanova del Sector de Zaragoza I o persona en quien delegue.

- Director de Gestión y SS.GG. del Sector de Zaragoza I o persona en quien delegue.

- Responsable del Servicio o Sección de Admisión y Documentación Clínica, o en su defecto de otro Centro del Servicio Aragonés de Salud.

- Un vocal designado por la representación sindical del Sector de Zaragoza I, que ocupe plaza para la que exija el mismo nivel de titulación que la plaza convocada.

- Secretario: Un Secretario con voz pero sin voto que forme parte del personal fijo del Servicio Aragonés de Salud.

Octava.- Listado para sucesivas contrataciones.

De conformidad con lo establecido en el artículo 36 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, ("Boletín Oficial de Aragón", número 55, de 17 de marzo de 2011), con los candidatos declarados aptos se podrá elaborar una lista para sucesivas contrataciones temporales, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año.

Novena.- Publicaciones sucesivas.

A los efectos previstos en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se indica que todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, se harán públicos únicamente en los tablones de anuncios de los Centros dependientes del Sector de Zaragoza I, y en su caso en la página web del mismo. Asimismo, la resolución que ponga fin al presente procedimiento se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 10 de julio de 2015.- El Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.D. Resolución de 27 de enero de 2006 ("Boletín Oficial de Aragón", de 15 de febrero de 2006). El Gerente de Sector de Zaragoza, P.O. de 11 de abril de 2014. El Gerente de Sector Zaragoza II, José Ignacio Castaño Lasaosa