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RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2018, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, por la que se autoriza la incorporación de centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad al Modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lengua Extranjera a partir del curso 2018-2019.

Publicado el 20/06/2018 (Nº 118)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Resolución de 13 de julio de 2017, de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se establecen, con carácter experimental, las condiciones y autoriza el Modelo BRIT en Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lengua extranjera en ocho centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 101, de 28 de mayo de 2018, se publicó la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, que regula el modelo BRIT- Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lenguas Extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha orden contempla en su artículo 2.2 que la incorporación de los centros al referido Modelo BRIT- Aragón se efectuará a través del procedimiento que establezca el Departamento competente en materia de educación no universitaria.

Igualmente, su Disposición adicional tercera contempla que los centros docentes acogidos al convenio MECD- British Council mantendrán las características especificadas en dicho convenio y en sus posteriores regulaciones. Además, deberán cumplir los requisitos establecidos en la referida orden.

Así mismo, su Disposición adicional sexta habilita al Director General de Innovación, Equidad y Participación para que dicte las instrucciones o disposiciones que resulten necesarias para el desarrollo y adecuada ejecución de la presente orden.

En virtud de lo expresado, dando cumplimiento a lo establecido en la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, resuelvo:

Incorporación de centros docentes al modelo BRIT-Aragón.

1. Se autoriza la incorporación al Modelo BRIT- Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lengua extranjera en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, a partir del curso escolar 2018-2019, de los centros docentes públicos relacionados en el anexo I a la presente resolución, que fueron autorizados por Resolución de 13 de julio de 2017, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, y continuarán con el modelo BRIT-Aragón; de los centros docentes públicos relacionados en el anexo II; y de los centros docentes públicos relacionados en el anexo III, acogidos al convenio MECD- British Council.

2. El modelo BRIT- Aragón se implantará en los centros referidos en las condiciones establecidas en la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, que regula el modelo BRIT- Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lenguas Extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Colaboradores bilingües y asesores lingüísticos.

En los centros autorizados por esta resolución y que tienen asignados colaboradores bilingües y/o asesores lingüísticos, las funciones del personal docente indicado en el artículo 6. 2.a), en el artículo 30 y en el artículo 36 de la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, serán realizadas por estos profesionales dentro del ejercicio de sus propias funciones.

Documentación: elaboración y aprobación.

1. Los centros públicos autorizados relacionados en los anexos I, II y III de esta resolución deberán elaborar y aprobar, a través de sus órganos colegiados, el Itinerario Bilingüe, conforme a la documentación que figura en el anexo IV.

2. Dichos centros deberán elaborar y aprobar el Itinerario Bilingüe antes del 1 de diciembre de 2018. Una vez aprobado, deberá remitirse a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación.

Cuarto.- Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Los centros públicos no están legitimados para interponer dicho recurso. No obstante, podrán oponerse a esta resolución mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 5 de junio de 2018.

El Director General de Innovación, Equidad y Participación,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS