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RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2016, de la Dirección Gerencia del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, por la que se convoca un proceso selectivo para la provisión del puesto de Director/a de Investigación de este Centro con contrato de alta dirección.

Publicado el 10/03/2016 (Nº 48)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

Mediante la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, se creó el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA en adelante), como una entidad de derecho público, adscrita al Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con competencia en materia de investigación agroalimentaria.

En este sentido, se está tramitando el relevo de la investigadora que viene desempeñando el puesto de Director/a de Investigación del CITA.

El artículo 47 de los Estatutos de este Centro, aprobados por el Decreto 124/2009, de 7 de julio, establece que dicho puesto podrá ser ocupado por personal propio contratado por el CITA bajo la modalidad de relación laboral de alta dirección. En este caso, su contratación se llevará a cabo previa convocatoria pública y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Por su parte, el artículo 13.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que la designación de personal directivo atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.

En virtud de lo expuesto, y con objeto de garantizar la continuidad en la dirección científica del Centro, se hace preciso convocar un proceso selectivo para la provisión del puesto de Director/a de Investigación de este Centro con contrato de alta dirección.

La convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1. Normas generales.

1.1. Se convoca una prueba selectiva para cubrir el siguiente puesto.

Denominación: Director/a Investigación.

Titulación académica: Doctorado.

Régimen laboral: Contrato de alta dirección.

Retribuciones: Las correspondientes al Grupo A1, nivel 30 y complemento de especial dedicación establecidas en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

1.2. El sistema de selección será el de libre designación.

1.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de los procedimientos selectivos, tanto en la fase de ejecución como de revisión, la exposición en el tablón de anuncios del CITA, sito en la Avenida de Montañana número 930 de Zaragoza. No obstante lo anterior, también se publicará en la página web del CITA (en el apartado de "ofertas de trabajo" de la siguiente la dirección http://www.cita-aragon.es), que señalará el día de publicación en el tablón de anuncios del acto administrativo de que se trate, a fin de determinar el inicio del cómputo de los plazos para las actuaciones de los interesados.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de la prueba selectiva los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; o los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

b) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se aspira.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de titulación académica de Doctorado, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo que señala la base 2.2.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la firma del contrato.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo del puesto de trabajo convocado deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo insertado como anexo a la presente resolución, junto con la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente.

b) Fotocopia del título universitario exigido para participar en el proceso selectivo, o, en su defecto, declaración jurada de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo establecido en la base 2.2.

c) "Currículum vitae", que incluirá una relación detallada y documentada de los méritos que aleguen poseer.

3.2. La documentación indicada en la base 3.1 podrá presentarse en la sede del CITA (Avenida de Montañana número 930 de Zaragoza), en las unidades de registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4. Admisión de candidatos.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director Gerente del CITA dictará resolución, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en los lugares señalados en la base 1.3.

5. Selección y contratación.

1. La contratación recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en la presente convocatoria, sea seleccionado en atención a criterios de mérito y capacidad discrecionalmente apreciados. Se valorará la capacidad para llevar a cabo la dirección científica del Centro.

2. La convocatoria podrá quedar desierta si ningún aspirante es seleccionado para ocupar el puesto.

3. La contratación, mediante contrato especial de alta dirección, deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde el plazo de finalización del de presentación de solicitudes.

4. El aspirante contratado podrá ser cesado con carácter discrecional en cualquier momento en los términos establecidos en el contrato que se formalice.

6. Disposiciones finales

6.1. Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación especial de alta dirección; y el resto de la normativa aplicable en la materia, en cuanto no se oponga a la mencionada Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

6.2. Contra la presente convocatoria y sus bases, que no agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de alzada ante la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que resulte procedente.

Por otra parte, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución de los contratos laborales será la jurisdicción social.

Zaragoza, 24 de febrero de 2016.

El Director Gerente,

José Antonio Domínguez Andreu