Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016, del Director Gerente del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, por la que se modifica la Resolución de 2 de noviembre de 2016, por la que se convocan procesos selectivos para cubrir, con carácter fijo, dos puestos vacantes en la plantilla de este Centro, y para la elaboración de una lista de espera para la contratación de las sucesivas vacantes temporales que se produzcan en los mismos.

Publicado el 09/01/2017 (Nº 4)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 25 de noviembre de 2016, se publicó la Resolución de 2 de noviembre de 2016, del Director Gerente del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, por la que se convocan procesos selectivos para cubrir, con carácter fijo, los siguientes puestos vacantes en la plantilla de este Centro, y para la elaboración de una lista de espera para la contratación de las sucesivas vacantes temporales que se produzcan en los mismos.

- Gestor de Contenidos

- Gestor de Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones

A este respecto, se ha detectado que la base 6 de la convocatoria contempla una estructura de las pruebas selectivas para cubrir puestos con carácter fijo basada de forma exclusiva en tareas y experiencia profesional en un organismo público de investigación, no apreciándose la necesaria singularidad de los puestos convocados que lo justifique, lo que trae como consecuencia que no quede suficientemente garantizado el cumplimiento de los principios constitucionales de acceso a la función pública de igualdad, mérito y capacidad.

No obstante lo anterior, dadas las especialidades de este Centro en cuanto organismo público, resulta preciso contemplar en la fase de concurso una distinción en la valoración de la experiencia profesional, según se haya realizado en una entidad pública o privada.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.- Modificar la Resolución de 2 de noviembre de 2016, del Director Gerente del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, por la que se convocan procesos selectivos para cubrir, con carácter fijo, dos puestos vacantes en la plantilla de este Centro, y para la elaboración de una lista de espera para la contratación de las sucesivas vacantes temporales que se produzcan en los mismos, en los siguientes términos:

Se modifica la base 6, páginas 30769 a 30771, que queda redactada de la siguiente manera:

"6. Estructura de las pruebas selectivas.

6.1. Fase de oposición.

La fase de oposición estará formada por un único ejercicio, que consistirá en el desarrollo, por escrito y durante un tiempo máximo de noventa minutos, de un tema propuesto por el Tribunal, que versará:

a) Para el puesto de Gestor de Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones: sobre funciones de programación de entornos abiertos y gestión de redes informáticas, y estará relacionado, sin ser coincidente, con dos o más de los temas que se incluyen en el programa (anexo II). Para la realización de este ejercicio no se podrá utilizar ningún libro, texto o documento de apoyo informativo.

b) Para el puesto de Gestor de Contenidos: sobre las funciones que se relacionan a continuación, y estará relacionado, sin ser coincidente, con dos o más de los temas que se incluyen en el programa (anexo III). Para la realización de este ejercicio no se podrá utilizar ningún libro, texto o documento de apoyo informativo.

- Gestión de contenidos en páginas web.

- Elaboración de memorias de funcionamiento.

- Implantación de imágenes corporativas.

Este ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante, como máximo, quince minutos sobre las cuestiones relacionadas con desarrollo del tema propuesto.

El Tribunal valorará la formación general, la capacidad de análisis, el orden y claridad de las ideas desarrolladas.

Los aspirantes serán convocados para la realización de cada parte del ejercicio del que consta la fase de oposición en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas que se precise realizar para la lectura ante el Tribunal del tema desarrollado, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal

El orden de actuación de los aspirantes comenzará con el aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "Z", de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 1 de abril de 2016, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 21 de abril de 2016).

Esta fase se calificará de 0 a 16 puntos, siendo necesario para superar la fase de oposición una puntuación mínima de 8 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan, al menos, dicha puntuación.

Al finalizar la valoración del ejercicio práctico de esta fase de oposición, el Tribunal publicará en los lugares señalados en la base 1.6 la relación de aspirantes que ha superado la fase de oposición, con indicación de la puntuación obtenida.

6.2. Fase de concurso.

Los aspirantes que hubiesen superado la fase oposición participarán en la fase de concurso, que no será eliminatoria. No podrá aplicarse la puntuación de la fase de concurso para superar el ejercicio de la fase de oposición.

Únicamente, se valorará como méritos la siguiente experiencia profesional:

a) Para el puesto de Gestor de Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones: la experiencia profesional simultánea en funciones de programación de entornos abiertos y gestión de redes informáticas en la categoría profesional ofertada o similar de acuerdo con el nivel formativo exigido para participar en el proceso selectivo.

b) Para el puesto de Gestor de Contenidos: la experiencia profesional en las tres siguientes funciones en la categoría profesional ofertada o similar de acuerdo con el nivel formativo exigido para participar en el proceso selectivo.

- Gestión de contenidos en páginas web.

- Elaboración de memorias de funcionamiento.

- Implantación de imágenes corporativas.

Esta parte se valorará como máximo hasta 15 puntos, de acuerdo con el siguiente criterio: 0,15 puntos por cada mes trabajado mediante una relación contractual laboral o estatutaria a tiempo completo, o la parte proporcional correspondiente, en entidades públicas; en el caso de prestación de servicios en entidades privadas, la valoración será de 0,12 puntos por mes trabajado.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

La valoración se efectuará, en todo caso, condicionada a su acreditación documental, a cuyo efecto los interesados deberán aportar, en el momento en que se les requiera, la documentación correspondiente. Tal aportación no podrá servir para acreditar nuevos méritos no alegados en su momento por olvido o adquisición posterior.

Al finalizar la valoración de méritos de la fase de concurso, el Tribunal publicará en los lugares señalados en la base 1.6 la puntuación obtenida por cada aspirante que ha superado la fase de oposición.

6.3. Calificación final y superación del proceso selectivo.

La calificación final de las pruebas se determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida por los aspirantes aprobados en la fase de oposición, a efectos de establecer la relación definitiva del aspirante que ha superado el correspondiente proceso selectivo, que se publicará en los lugares señalados en la base 1.6.

A tal efecto, el puesto se adjudicará al aspirante que alcance mayor puntuación total por la suma de las calificaciones obtenidas en ambas fases.

En caso de empate, el orden de prelación en la calificación final se fijará primando la puntuación obtenida en la fase de oposición. Si continúa el empate, se primará la fecha más antigua de obtención del título académico exigido para participar en el proceso selectivo. En último caso se estará a lo dispuesto en la Resolución de 1 de abril de 2016, del Instituto Aragonés de Administración Pública, señalada en la base 6.1.

El correspondiente Tribunal no podrá proponer la contratación como aprobados de un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente resolución. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho".

Segundo.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, previsto en la base 3.5, para participar en los procesos selectivos, que se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", admitiéndose las presentadas durante el plazo indicado en la resolución objeto de la presente modificación.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Innovación; Investigación y Universidad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Zaragoza, 19 de diciembre de 2016.

El Director Gerente,

JOSÉ ANTONIO DOMÍNGUEZ ANDREU