Cédula de notificación
Cédula de notificación Don Jaime Nieto Avellaned, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento sobre Seguridad Social núm. 653/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de MAZ, mutua colaboradora con la Seguridad Social número 11, contra Alfredo Lacaba Castellot, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Pasitillos S.L., sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: «Decreto. - Letrado de la Administración de Justicia don Jaime Nieto Avellaned. - En Zaragoza, a 14 de febrero de 2018. Antecedentes de hecho: Primero. - Con fecha 15 de septiembre de 2016 tuvo entrada en este órgano judicial demanda presentada por MAZ, mutua colaboradora con la Seguridad Social número 11, contra Alfredo Lacaba Castellot, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Pasitillos S.L., que dio lugar a la incoación de Seguridad Social núm. 653/2016. Segundo. - Que por la parte demandante se presentó escrito desistiendo de la demanda y se comunicó lo anterior a la parte contraria, sin que se haya opuesto a dicho desistimiento. Fundamentos de derecho: Unico. - Declarada por el actor su voluntad de abandonar el procedimiento iniciado por él, y no oponiéndose la parte demandada a dicho desistimiento, procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobreseer las actuaciones. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva: Acuerdo: Tener por desistida a la parte demandante de su demanda, acordando el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos. Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Artículo 188.2 de la LJS). El letrado de la Administración de Justicia». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Pasitillos S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a catorce de febrero de dos mil dieciocho. - El letrado de la Administración de Justicia, Jaime Nieto Avellaned.