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Habiendo sido aprobadas por el Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja ...

Publicado el 29/10/2012 (Nº 249)
Sección: VIII. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza - SECCIÓN SEXTA
Emisor: COMARCA RIBERA BAJA DEL EBRO

Texto completo:

Habiendo sido aprobadas por el Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja del Ebro, en la sesión ordinaria celebrada el 12 de abril de 2012, las bases de la convocatoria de subvenciones para el fomento de actividades culturales de asociaciones en los municipios de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro para el presente ejercicio 2012, y habiéndose modificado su importe inicial por acuerdo de este mismo Consejo Comarcal en su sesión de 18 de octubre de 2012, se hace pública dicha convocatoria de subvenciones al objeto de abrir el correspondiente periodo de presentación de instancias durante el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOPZ, con arreglo a las siguientes: Bases de la convocatoria de subvenciones para el fomento del deporte en los municipios de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro para el año 2012 (Asociaciones y Deportistas) La Comarca de la Ribera Baja del Ebro, a través de la Comisión de Deportes, anuncia la presente convocatoria, que se regirá por las siguientes bases: Objeto y finalidad 1.ª La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la organización de actividades físico-deportivas que resulten de utilidad general o produzcan beneficio directo o indirecto para los ciudadanos de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro y que se desarrollen durante todo el año 2012. 2.ª La finalidad será atender gastos necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención, no pudiendo incluir gastos ordinarios del solicitante ni alquileres de bienes inmuebles. 3.ª El importe total de la subvención concedida no superará el 50% del presupuesto total de la actividad a desarrollar. Beneficiarios 4.ª Podrán solicitar ayudas dentro de la presente convocatoria las personas físicas mayores de 16 años, asociaciones y clubes deportivos de aficionados sin ánimo de lucro, legalmente constituidos e inscritos en los registros correspondientes, que practiquen algún deporte federado y compitan en pruebas organizadas (no pertenecientes a los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón) por alguna entidad deportiva legalmente constituida, siempre que el proyecto presentado desarrolle una actividad deportiva que incida directamente en el desarrollo de actividades deportivas de uno o varios municipios de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro. Las ayudas determinadas en estas bases serán compatibles con otras concedidas por otras administraciones públicas o personas físicas o jurídicas, si bien el mismo gasto imputable no podrá ser objeto de otra subvención. Crédito presupuestario 5.ª El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria es de 10.644,19 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria partida 341/480.200 del presupuesto de gastos de esta Comarca para 2012 destinada a asociaciones, clubes y personas jurídicas que practiquen o fomenten actividad física, algún deporte federado y compitan en pruebas organizadas por alguna entidad deportiva legalmente constituida. Solicitudes y documentación 6.ª Para cursar la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación. a) Instancia de solicitud según modelo que se adjunta como anexo a estas bases. (Anexo I). b) Fotocopia de la resolución de inscripción de la entidad en el Registro General de Asociaciones de la Diputación General de Aragón. c) Memoria anual explicativa sobre la actividad a subvencionar que contenga los datos referidos a fines y objetivos (generales y específicos), personas que integran la organización (profesores, monitores, voluntarios y directivos), calendario de ejecución y de actividades en las que se participa, informe de incidentes y sanciones de la federación a la que se pertenece, presupuesto total de la actividad y financiación prevista. (Anexo II). e) NIF de la persona física o CIF de la entidad. Plazo de presentación de solicitudes 7.ª El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el BOPZ. Las instancias deberán ser dirigidas a la presidenta de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro (Area de Deportes), en avenida de la Constitución, núm. 16, de Quinto (Zaragoza), código postal 50770. Criterios de adjudicación 8.ª Para determinar la cantidad de las subvenciones se establecerán, atendiendo en orden preferente, a los siguientes criterios: a) Actividades físico-deportivas que fomenten la práctica del deporte recreativo y educativo de manera continuada. b) La planificación y ejecución de las actividades físico-deportivas que estén gestionadas y asesoradas por el Servicio de Deportes de la Comarca Ribera Baja del Ebro. c) Las dirigidas a población juvenil, femenina, a la tercera edad o a las personas discapacitadas. d) Que potencien actividades físico-deportivas tradicionales y, en especial, aquellas con riesgo de desaparición. e) Que fomenten la relación intermunicipal. f) Que no cuenten con ningún tipo de financiación. Procedimiento de resolución 9.ª Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, estas serán evaluadas por el servicio técnico de deportes, aplicando los criterios que se señalan en la cláusula octava de estas bases. Se emitirá una propuesta de denegación o de concesión de subvenciones y su cuantía, que se someterá a informe de la Comisión de Deportes y Juventud, para su posterior resolución por el Consejo Comarcal. En todo momento podrá requerirse la información complementaria que se considere necesaria para la valoración de la solicitud presentada. Control y seguimiento 10.ª La Comarca, a través de su personal técnico de deportes, podrá constatar en cualquier momento el cumplimiento de la actividad subvencionada. 11.ª Las entidades o personas físicas que reciban ayuda económica deberán hacer constar la colaboración de la Comarca Ribera Baja del Ebro, con la reproducción del logotipo de la Comarca en la indumentaria deportiva con la que practican las diferen- tes actividades deportivas, o en casos concretos en carteles y pancartas publicitarias. Justificación para el cobro de la subvención 12.ª Para el abono de las subvenciones concedidas, los beneficiarios deberán remitir a la Comarca de la Ribera Baja del Ebro los siguientes documentos justificantes del gasto: a) Solicitud del pago de la ayuda firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria (persona física, presidente o secretario). (Anexo III). b) Facturas que detallen el gasto aplicado a la actividad subvencionada y calendario de la misma, que deberán tener fecha comprendida entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2012, en documento original o fotocopia compulsada, debidamente relacionadas que acrediten el pago efectivo, por el doble de la cantidad subvencionada. Si los justificantes no superan el doble del total de la ayuda concedida se perderá la diferencia. c) Certificado emitido por el secretario de la entidad (anexo IV) en el que haga constar: -Que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención. -Relación de los gastos realizados con cargo a la subvención. -Que los referidos justificantes de pago no han sido objeto de otra subvención. -Escrito del responsable de la entidad solicitante señalando los datos bancarios para el ingreso de la cantidad justificada. d) foto o documentación que acredite el haber portado el logotipo de la Comarca en la equipación deportiva o su aparición en carteles y pancartas. Plazos de justificación 13.ª El plazo de presentación de justificantes finalizará el día 15 de diciembre de 2012 y se referirán a gastos realizados durante el año 2012. Los beneficiarios que no justifiquen la totalidad o parte de la ayuda concedida, dentro del plazo establecido, perderán automáticamente el derecho a recibirla. Aceptación de las bases 14.ª La presentación de solicitudes implica la aceptación estricta y formal de los términos de ésta convocatoria. 15.ª El Servicio técnico de Deportes comprobará que el deportista o entidad solicitante de la subvención no ha incurrido en faltas disciplinarias o comportamientos antideportivos graves, bien de forma directa o bien solicitando información a la federación o colegio arbitral correspondiente, pudiendo resolver disminuir la cuantía de la subvención o suprimirla totalmente si existen hechos incompatibles con el correcto comportamiento deportivo que desde la Comarca se desea fomentar. 16.ª Cualquier falsedad en los datos aportados tanto en la solicitud como en la justificación para el cobro de la subvención será motivo suficiente para la pérdida del derecho a recibir la subvención. El control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de la subvención se efectuará de conformidad con lo dispuesto en las bases de ejecución del presupuesto la Ley 38/2003 General de Subvenciones y restante normativa vigente en materia de subvenciones Quinto, a 18 de octubre de 2012. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.