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RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2022, de la Directora General de Comercio, Ferias y Artesanía, por la que se somete a información pública las bases reguladoras de la línea de ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico.

Publicado el 05/08/2022 (Nº 152)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Mediante Orden de 30 de junio de 2022, del Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, por la que se acuerda el inicio del procedimiento para la elaboración de las bases reguladoras de la línea de ayudas para el Programa de Modernización del comercio Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia internacional provocada por la COVID-19 el 11 de marzo de 2020, los Estados miembros de la Unión Europea adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía.

Estas medidas han tenido un drástico impacto económico y social en el conjunto de los países de la Unión Europea, habiendo influido directamente en la actividad comercial habitual de nuestros pueblos y ciudades. Este impacto ha motivado la necesidad de reaccionar de forma rápida adoptando medidas urgentes y contundentes con el objetivo de amortiguar el efecto de esta crisis sin precedentes e impulsar la pronta recuperación económica, sentando con ello las bases del crecimiento de las próximas décadas.

El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo singular y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de gran alcance, conocido como Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (Next Generation EU) por un importe de 750.000 millones de euros, compuesto por dos instrumentos: el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (en adelante, MRR), y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

Con base en lo anterior, el Gobierno de España ha elaborado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia "España Puede" (en adelante, Plan de Recuperación), que incluye diez políticas tractoras o palancas que van a incidir directamente en aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación del tejido económico y social. El Plan de Recuperación ha sido aprobado por el Consejo el 13 de julio de 2021, conforme a lo establecido en los artículos 18 y 20 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), como parte del Componente 13; "Impulso a la pyme", incluye la línea de inversión 4: "Apoyo al Comercio" donde se integra el Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico como actuación 1.2. Este programa financiará proyectos cuyos créditos serán objeto de territorialización, correspondiendo a las Comunidades Autónomas aprobar sus respectivas bases reguladoras y convocar las ayudas.

La Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio, fijó los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado al Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, por un importe total de 100 millones de euros para los ejercicios 2022 y 2023, en el marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En el citado acuerdo se establecen las condiciones de participación de las comunidades autónomas, los ámbitos de aplicación, el procedimiento de presentación de las propuestas y las reglas para su aprobación, ejecución y justificación.

En la tabla 1 de la Resolución se fija el reparto por Comunidades Autónomas de las cuantías otorgadas, siendo 1.578,284 euros la correspondiente a Aragón, en cada uno de los dos ejercicios presupuestarios 2022 y 2023:

Las beneficiarias de esta línea de financiación serán las comunidades y ciudades autónomas, si bien los destinatarios finales de las mismas serán las asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial y empresas del sector del comercio que tengan la consideración de pyme con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) y que estén dentro de los IAE que se determinen.

En el seno de la Administración autonómica, la competencia en materia de comercio corresponde en la actualidad al Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial en virtud de lo dispuesto por el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se designan competencias a los Departamentos.

Desde el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, se busca impulsar la actividad comercial a través de un impulso de la digitalización y sostenibilidad comercial, con la aprobación de las citadas bases reguladoras y las convocatorias de ayudas para el año 2022 y 2023.

Atendiendo al cumplimiento de dichos trámites, y a los efectos previstos en el artículo 47 del texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón y en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:

Primero.- Someter a información pública las bases reguladoras de la línea de ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico, por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón"

Segundo.- El texto del citado Proyecto de Decreto estará disponible, en la página web del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/-/comercio, así como en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón en su apartado /organización institucional/información de relevancia jurídica/proyectos de reglamentos en trámite.

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de Decreto deberán dirigirse al Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía, pudiendo ser presentadas a través del Registro electrónico o bien en el Registro General del Gobierno de Aragón, situado en el paseo María Agustín, 36, de Zaragoza, y en los registros y oficinas establecidos en la Orden HAP/780/2021, de 24 de junio, por la que se hace pública la relación de las Unidades de Registro de documentos y Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Gobierno de Aragón, su ubicación y los días y horario de funcionamiento ("Boletín Oficial de Aragón", número 143, de 7 de julio de 2021), así como según lo previsto en el artículo 16.4 y disposición transitoria segunda de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de julio de 2022.- La Directora General de Comercio, Ferias y Artesanía, Eva Fortea Báguena.