Habiéndose acordado por este Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja del ...
Habiéndose acordado por este Consejo Comarcal de esta Comarca de la Ribera Baja del Ebro, en la sesión ordinaria celebrada el 4 de junio de 2015, la aprobación inicial de la modificación del artículo 11 del Reglamento de Ayudas a Domicilio de esta Comarca, dicho acuerdo permanecerá expuesto al público en la Secretaría de este Consejo Comarcal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en este BOPZ, a efectos de que los posibles interesados puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas, de forma que durante dicho período de información pública no se presentasen reclamaciones contra la misma, dicho acuerdo de aprobación inicial quedará elevado automáticamente a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y en los artículos 125 a 133 del Decreto 347/2002, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, recogiendo dicho artículo 11, en su nuevo apartado 3.º, el siguiente texto: «3. Habida cuenta de la naturaleza y finalidad de este tipo de ayuda a domicilio, para la obtención de la condición de beneficiario de este tipo de ayudas o beca de comedor no resultará necesario aportar entre la documentación de su solicitud las respectivas certificaciones de que el solicitante se halla al corriente de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, cuando la cuantía de la ayuda no supere los 3.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 24 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, y lo dispuesto en el artículo 13 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al configurarse dichos requisitos contrarios a la propia naturaleza y finalidad de este tipo de ayudas sociales». Lo que se hace público para general conocimiento. Quinto, a 9 de junio de 2015. - La presidenta, Felisa Salvador Alcaya.