ANUNCIO de exposición pública y período voluntario de cobranza correspondiente a ...
ANUNCIO de exposición pública y período voluntario de cobranza correspondiente a la liquidación trimestral de la tasa por prestación del servicio de suministro de agua potable correspondiente al segundo trimestre de 2023.
Por decreto de Alcaldía núm. 1975/2023, de fecha 11 de septiembre de 2023, se ha aprobado y dispuesto la liquidación del padrón correspondiente al segundo trimestre de 2023 correspondiente a la tasa por prestación del servicio de suministro de agua potable. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación, así como en el artículo 14 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pública la apertura del período voluntario de cobranza.
Exposición pública
El padrón correspondiente se encuentra a disposición del público en la Tesorería del Ayuntamiento por término de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ.
Plazo de ingreso
El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ.
Lugar y forma de pago
El pago podrá efectuarse a través de la entidad bancaria de Aquara y en las oficinas de Aquara en horario de atención al público; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del período de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla a Aquara, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.
Procedimiento de apremio
Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que haya hecho efectivo el pago se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria, y, vencido el plazo de ingreso en vía de apremio, se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora.
Régimen de recursos
Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
No podrán simultanearse la interposición del recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa.
La Muela, a 13 de septiembre de 2023. - El alcalde, Adrián Tello Gimeno.