Ampliación plazo de ejecución y justificación. Subvenciones entorno residencial de rehabilitación programada (errp) “casco histórico. Fase 1” .
AMPLIACIÓN PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN SUBVENCIONES ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA (ERRP) “CASCO HISTÓRICO DE GEA. FASE 1” EN EL MUNICIPIO DE GEA DE ALBARRACÍN.
D. SANTIAGO RODRIGUEZ GRACIA, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Gea de Albarracín en ejercicio de las facultades atribuidas en el art. 21 de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local
Visto que el 23 de febrero de 2024 se dicta DECRETO DE ALCALDÍA 2024/0041, DE 23 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE REHABILITACIÓN RESIDENCIAL Y VIVIENDA SOCIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA REGULADOS EN EL REAL DECRETO 853/2021, DE 5 DE OCTUBRE, CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA 1 DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO (P1) - ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA (ERRP) “CASCO HISTÓRICO DE GEA. FASE 1” EN EL MUNICIPIO DE GEA DE ALBARRACÍN.
Visto que con fecha 12 de marzo de 2024 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel Por decreto 2024-0041 la convocatoria de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de recuperación, transformación y resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, correspondientes al programa 1 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel barrio (P1)-Entorno Residencial de Rehabilitación programada (ERRP) “Casco histórico de Gea. Fase 1” en el municipio de Gea de Albarracín.
Visto que en la convocatoria se establece que :
Artículo 10. Plazos de ejecución.
Las actuaciones deberán tener inicio posterior al 1 de febrero de 2020 y el plazo para ejecutar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en los edificios que se acojan a las ayudas de este programa finalizará el 01 de junio de 2026. En ningún caso se podrán autorizar ampliaciones de plazos para la ejecución de la actuación objeto de ayuda, y es que deberán estar alineados con los objetivos CID marcados por el PRTR, por lo que, la ejecución de las actuaciones tendrá que haber finalizado antes del 1 de junio de 2026.
Artículo 18. Justificación de la actuación subvencionada.
1. Los beneficiarios de las actuaciones objeto de ayuda deberán presentar antes del 1 de junio de 2026, la Certificación final de todas las obras y el Certificado de eficiencia energética de todos los edificios rehabilitados, firmados por el técnico competente y certificado de la consecución de un consumo de energía primaria no renovable y demanda inferior a los valores límite incluidos en los artículos 14 y 15 del RD 853, en función de la zona climática en la que se ubiquen los edificios, ambos emitidos por técnico competente.
La justificación final deberá realizarse en un plazo máximo de dos meses desde la firma de las actas de recepción de obras, que en ningún caso se podrá prorrogar antes del 15 de septiembre de 2026.
Visto que el pasado 17 de junio se firmo la ADENDA I AL ACUERDO N.º 31 DE LA COMISIÓN BILATERAL, CELEBRADA EL 21 DE DICIEMBRE DE 2023, RELATIVO AL ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA DE “CASCO HISTÓRICO DE GEA. FASE I” EN EL MUNICIPIO DE GEA DE ALBARRACÍN, EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE AYUDA EN MATERIA DE REHABILITACIÓN RESIDENCIAL Y VIVIENDA SOCIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATIONEU EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN men la que se establece que:
“Noveno. Prórroga en los plazos establecidos para la ejecución y justificación de las actuaciones. Se autoriza una prórroga de los plazos establecidos en los artículos 18.2 y 19 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 7 del artículo 4 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, modificado mediante la disposición final segunda del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, prorrogándose excepcionalmente el plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones objeto del Acuerdo N.º 31 de la Comisión Bilateral, celebrada el 21 de diciembre de 2023, relativo al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Centro Histórico de Gea de Albarracín. Fase I”, en el municipio de Gea de Albarracín, en relación con la ejecución de los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU en la Comunidad de Aragón, en los siguientes términos:
Uno. Se prorroga excepcionalmente el plazo para la ejecución de las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios hasta el 30 de junio de 2028 y, en consecuencia, se prorroga el plazo para la justificación de dichas actuaciones por la Comunidad de Aragón al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana hasta el 31 de diciembre de 2028.
Considerando lo establecido en el art. 32. 1 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común que establece que: Artículo 32. Ampliación. 1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados. Vengo en RESOLVER:
1º.- Modificar los plazos de ejecución y justificación en los expedientes de solicitud de subvención convocadas por DECRETO DE ALCALDÍA 2024/0041, DE 23 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE REHABILITACIÓN RESIDENCIAL Y VIVIENDA SOCIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA REGULADOS EN EL REAL DECRETO 853/2021, DE 5 DE OCTUBRE, CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA 1 DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO (P1)
- ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA (ERRP) “CASCO HISTÓRICO DE GEA. FASE 1” EN EL MUNICIPIO DE GEA DE ALBARRACÍN en los términos establecido en la ADENDA I AL ACUERDO N.º 31 DE LA COMISIÓN BILATERAL, CELEBRADA EL 21 DE DICIEMBRE DE 2023, RELATIVO AL ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA DE “CASCO HISTÓRICO DE GEA. FASE I” EN EL MUNICIPIO DE GEA DE ALBARRACÍN, EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE AYUDA EN MATERIA DE REHABILITACIÓN RESIDENCIAL Y VIVIENDA SOCIAL DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NEXTGENERATIONEU EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
2º.- Ampliar el plazo de ejecución y justificación hasta el 30 de junio de 2028 de aquellas actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios para las que se solicitaron en plazo subvenciones correspondientes AL PROGRAMA 1 DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO (P1) - ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA (ERRP) “CASCO HISTÓRICO DE GEA. FASE 1” EN EL MUNICIPIO DE GEA DE ALBARRACÍN.
3º.- Publicar el presente decreto en el Tablón de anuncios, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Gea de Albarracín y en Boletín Oficial de la Provincia y dar cuenta del mismo al pleno en la próxima sesión que se celebre.
Gea de Albarracín, a fecha de firma electrónica.