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NOTIFICACIÓN COLECTIVA Y ANUNCIO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA Y PERIODO VOLUNTARIO DE COBRANZA, CORRESPONDIENTE A VARIAS TASAS EJERCICIO 2020.

Publicado el 31/08/2020 (Nº 166)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Albarracín

Texto completo:

NOTIFICACIÓN COLECTIVA Y ANUNCIO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA Y PERIODO VOLUNTARIO DE COBRANZA, CORRESPONDIENTE A VARIAS TASAS EJERCICIO 2020. Por Decreto de la Alcaldía, de fecha 14 de Agosto, se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública el Padrón de las siguientes Tasas: - TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS Y RESIDUOS SOLIDOS URBANOS. AÑO 2020 - TASA POR MANTENIMIENTODE LA RED DE AGUA. AÑO 2020 De conformidad con lo dispuesto en el art. 68 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período voluntario de cobranza. EXPOSICION PUBLICA: Los Padrones correspondientes a las citadas Tasas, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se encuentra expuesto al público por término de quince días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia”. PLAZO DE INGRESO: El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses, quedando fijado para el presente período de devengo, desde el día 1 de octubre de 2020, hasta el día 30 de noviembre de 2020, ambos inclusive. LUGAR Y FORMA DE PAGO: Los recibos domiciliados, serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Aquellos que no lo tuvieran domiciliado se podrán pagar directamente en las oficinas del Ayuntamiento sitas en la Plaza Mayor, núm. 1, en horario de atención al público. PROCEDIMIENTO DE APREMIO: Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el Art. 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y, vencido el plazo de ingreso en vía de apremio, se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora y en su caso las costas que se produzcan. REGIMEN DE RECURSOS: Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública del padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de la Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. ALBARRACIN, a 19 de agosto del 2020.- El Tesorero Municipal, MANUEL CIVERA MARCO.