Modificación Ordenanza Fiscal n.º 4, Impuesto Vehículos Tracción Mecánica.
El Excmo. Ayuntamiento de Teruel, en sesión plenaria celebrada el 3 de noviembre de 2025, aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 4, reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
A tenor de lo dispuesto por el artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace constar lo siguiente:
- Los acuerdos y las correspondientes ordenanzas fiscales se encuentran expuestos en el tablón de anuncios (Planta Baja).
- Los expedientes en Gestión Tributaria (Planta Segunda)
Periodo de exposición: Treinta días hábiles a contar del siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Finalidad: Los interesados determinados en el artículo 18 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones oportunas, dirigidas al Ilma. Sra. Alcaldesa, bien en el registro general (planta baja) o bien en la forma señalada en el artículo 16.4 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos de modificación de las citadas ordenanzas fiscales, se entenderán definitivos en el caso de que no se presenten reclamaciones.
Teruel, a 6 de noviembre de 2025.- Documento firmado electrónicamente.