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Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua y de la Tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, correspondientes al año 2017.

Publicado el 19/06/2018 (Nº 116)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Terriente

Texto completo:

Edicto de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza. Por Resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 4 de junio de 2018, se ha aprobado el padrón y lista cobratoria de la Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua y de la Tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, correspondientes al año 2017. A efectos de la notificación colectiva en los términos establecidos en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como de la sumisión del mismo a trámite de información pública, se expone dichos padrones al público por un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de inserción de este anuncio en el B.O.P. de Teruel y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante el cual estará a disposición de los interesados en la oficinas municipales para su consulta y formulación de posibles reclamaciones por los interesados. De conformidad con lo establecido en el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la Resolución de aprobación de los padrones y liquidaciones tributarias en el mismo incorporadas, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plaza de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente. De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria se pone en conocimiento de los contribuyentes que el plazo de ingreso en periodo voluntario de dicho tributo se extenderá durante dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de cobranza en el "Boletín Oficial" de la provincia. Los recibos domiciliados se cargaran directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Para los recibos no domiciliados, el documento preciso para efectuar el pago de la deuda será enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes. En el caso de no recibir el citado documento de pago, deberá solicitarlo en las dependencias municipales, dentro del plazo de pago voluntario establecido. EI pago podrá efectuarse mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento, que dispone de cuentas en todas las entidades bancarias de la localidad, o en las dependencias municipales, los lunes, en horario de 11,30 a 13,30 horas. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho el pago, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 Y 161 de la Ley General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. Terriente, 4 de junio de 2018.- El Alcalde