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Padrón fiscal tasa por agua potable, basura, alcantarillado, impuesto medioambiental sobre las aguas residuales e impuesto municipal de vehículos.

Publicado el 13/11/2025 (Nº 216)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Miravete de la Sierra

Texto completo:

Aprobación del padrón fiscal correspondiente a la Tasa por Suministro de Agua Potable, Basura, Alcantarillado, Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales e Impuesto Municipal de Vehículos ejercicio 2.025.

Aprobado por Decreto de Alcaldía, de fecha 9 DE NOVIEMBRE DE 2025, el padrón fiscal correspondiente a la Tasa por Suministro de Agua Potable, Recogida de Basura, Alcantarillado, Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales e Impuesto Municipal de Vehículos correspondiente al ejercicio 2024, queda expuesto al público en la Secretaría Municipal por plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a su publicación en el B.O.P.Teruel., y en el Tablón de Anuncios municipal, a efectos de notificación colectiva y de que las personas interesadas puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

PLAZO DE INGRESO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de cobranza en el Boletín Oficial de la Provincia.

LUGAR Y FORMA DE PAGO: Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas bancarias señaladas por los contribuyentes. Los recibos no domiciliados podrán ser pagados en la entidad financiera Ibercaja , sitas en cualquier lugar.

PROCEDIMIENTO DE APREMIO; Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora.

RÉGIMEN DE RECURSOS: Contra la aplicación y efectividad de los datos que aparecen en los padrones podrá interponerse recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública del padrón. El citado recurso se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique su resolución. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no la hubiera, el plazo será de seis meses contados desde el día siguiente en que el recurso de reposición deba entenderse desestimado por silencio administrativo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Miravete de la Sierra, a fecha de firma electrónica.