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Aprobadas definitivamente las siguientes Ordenanzas Fiscales que habrán de regir a partir del 1-1-2024.

Publicado el 09/05/2024 (Nº 88)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Oliete

Texto completo:

EDICTO

Aprobadas provisionalmente en sesión plenaria celebrada el día 20 de marzo de 2.024, la modificación de las tarifas de las siguientes Ordenanzas que habrán de regir a partir de 1-1-2024, y transcurrido el plazo concedido para formular reclamaciones contra la misma sin que se haya presentado ninguna, la misma queda aprobada definitivamente de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, según la nueva redacción de los artículos que seguidamente se publican.

1º).- Modificación de las tarifas de las siguientes tasas:

- Tasa por prestación del servicio de cementerios municipales y otros servicios fúnebres de carácter local de la siguiente manera: ARTÍCULO 7.- La tarifa a aplicar será la siguiente: 1) Para vecinos y residentes empadronados en este municipio con una antelación mínima de un año respecto al óbito: - Por ocupación de un nicho hasta 50 años: 470 euros. - Por ocupación de terreno para sepultura por cada plaza: 880 euros (máximo se autorizan cuatro plazas. - Por apertura de nichos y sepulturas para enterrar un segundo cuerpo: 260 euros. - Por ocupación de columbario hasta 50 años: 260 euros. 2) Para cualesquiera otras personas distintas de las señaladas anteriormente: - Por ocupación de un nicho hasta 50 años: 675 euros. - Por ocupación de terreno para sepultura por cada plaza: 1.350 euros (máximo se autorizan cuatro plazas. - Por apertura de nichos y sepulturas para enterrar un segundo cuerpo: 420 euros. - Por ocupación de columbario hasta 50 años: 365 euros.

- Tasa Sala de Duelos: ARTÍCULO 5.- CUOTA: 160 euros por cada persona fallecida.

- Tasa por expedición de documentos administrativos: ARTÍCULO 7.- CUOTA TRIBUTARIA: - expedición de cualquier documento administrativo: 2 euros. - Fotocopias DIN A4: 0,20 euros. - Fotocopias DIN A3: 0,35 euros. - Fotocopias D.N.I. : 0,35 euros. - Fotocopias planos: 0,55 euros. - Fotocopias DIN A4 color: 0,40 euros. - Fotocopias DIN A3 color: 0,70 euros. - Fotocopias D.N.I. color: 0,70 euros. - Fotocopias planos color: 1,10 euros. - Por cada compulsa de documentos: 2,30 euros. - Por cada Informe del Aparejador: 4,50 euros.

- Tasa por la utilización de instalaciones deportivas y otros servicios análogos: El importe del local bajos piscinas se pone a 80 euros/día con una fianza de 100 euros; en el polideportivo a 200 euros por día con una fianza de 200 euros con la salvedad de que no se pueden usar para hacer negocio excepto la comisión de fiestas; es para dar un servicio al pueblo. También en cuanto a las sillas y mesas del Ayuntamiento, quien quiera usarlas, excepto las asociaciones, tendrá que pagar una fianza de 100 euros y por cada silla 0,50 euros al día y por cada mesa 2 euros por día.

- Tasa por la utilización de casas de baño, duchas, piscinas. ARTÍCULO 6.- CUOTA TRIBUTARIA: - ENTRADAS: - Entrada niños (de 3 a 11 años): 1,60 euros. - Entrada adultos (a partir de 12 años): 2,60 euros. - Los menores de 3 años no pagan - BONOS: - Bono quincenal infantil: 15,50 euros. - Bono quincenal adulto: 21 euros. - Bono temporada infantil: 21 euros. - Bono temporada adulto: 31 euros - Bono temporada familiar: 62 euros

2º).- Modificación del tipo de gravamen que pasará del 17 al 20 % y modificación de los coeficientes para calcular el IIVTNU de acuerdo con lo publicado en BOE, quedando así los nuevos:

PERÍODO DE GENERACIÓN COEFICIENTE MÁXIMO APLICABLE AL AYUNTAMIENTO DE OLIETE Inferior a 1 año 0,15 1 año 0,15 2 años 0,14 3 años 0,14 4 años 0,16 5 años 0,18 6 años 0,19 7 años 0,18 8 años 0,15 9 años 0,12 10 años 0,10 11 años 0,09 12 años 0,09 13 años 0,09 14 años 0,09 15 años 0,09 16 años 0,10 17 años 0,13 18 años 0,17 19 años 0,23 Igual o superior a 20 años 0,40

3º).- Abrir un período de información pública, por plazo de treinta días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, a fin de que los interesados presenten las reclamaciones y observaciones que estimen pertinentes. Finalizado dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones, quedará definitivamente aprobado el presente acuerdo de aprobación provisional.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Oliete, a 30 de abril de 2.024.- El Alcalde en Funciones, Fdo.: Rogelio Villanueva Lázaro.