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Convocatoria de las becas para comedores escolares en la Comarca de la Sierra de Albarracín para el año 2022

Publicado el 27/04/2022 (Nº 79)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Comarca de la Sierra de Albarracín

Texto completo:

Convocatoria de las becas para comedores escolares en la Comarca de la Sierra de Albarracín para el año 2022 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

BDNS(Identif.):621162

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/621162)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria por el que se convocan las becas para comedores escolares en la Comarca de la Sierra de Albarracín para el año 2022 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, aprobadas por el Consejo Comarcal el 27 de enero de 2022, cuyo texto íntegro apareció publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 69 de 8 de abril de 2022, cuya dirección electrónica es https://236ws.dpteruel.es/estatico/boletines/2022/08abril.pdf y en la sede electrónica de la Comarca de la Sierra de Albarracín https://comarcadelasierradealbarracin.sedelectronica.es/info.17.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 21. 1 f) y r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO.- Convocar las becas para comedores escolares en la Comarca de la Sierra de Albarracín para el año 2022, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras.

SEGUNDO.- Publicar la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), confeccionando un extracto de esta Resolución, con expresión de los beneficiarios, finalidad, cuantía y plazo de presentación, y remitirla al Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, conforme al procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

BENEFICIARIOS: Los alumnos/as beneficiarios de las citadas becas deberán estar escolarizados en centros docentes públicos, cursar algún ciclo de las enseñanzas obligatorias y, a su vez, residir y estar empadronado en algún municipio de la Comarca de la Sierra de Albarracín.

FINALIDAD: La finalidad de las citadas becas será promover la conciliación de la vida familiar, personal y laboral, sin menoscabo de favorecer el acceso a dicho “servicio educativo complementario” de aquel alumnado que proceda de familias con especiales dificultades socioeconómicas.

CUANTÍA: La Comarca de la Sierra de Albarracín destina a este fin la cuantía total máxima de 4.300 euros, que se imputan a la aplicación presupuestaria 2310.48001. Programa Atención Dependientes, consignada en los presupuestos comarcales. En todo caso, las ayudas se concederán en función de los créditos disponibles en la aplicación presupuestaria mencionada. Por ello, no bastará para recibir la subvención, que los solicitantes reúnan las condiciones y requisitos establecidos en estas bases, sino que será necesario, además, que sus solicitudes puedan ser atendidas teniendo en cuenta las dotaciones presupuestarias destinadas a este fin.

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Desde el día siguiente de la presente publicación hasta el 31 de diciembre de 2022.

En Albarracín, 2022-04-13.- El Presidente, Inocencio Martínez Sánchez.