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Corrección de errores en las bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de maestro/a de Educación Infantil.

Publicado el 13/02/2023 (Nº 29)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Híjar

Texto completo:

Resolución de Alcaldía de fecha 8 de febrero de 20223 del Ayuntamiento de Híjar por la que se procede a la corrección de errores en las bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de maestro/a de Educación Infantil, de la plantilla de personal laboral fijo-discontinuo de este Ayuntamiento.

TEXTO

Advertido error material en la Resolución de alcaldía número 37 de 23 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases y se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, de una plaza de maestro/a de Escuela de Educación Infantil perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo-discontinuo del Ayuntamiento de Híjar, mediante sistema de concurso-oposición publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» núm. 19, de fecha 30 de enero de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación: En atención a los errores materiales advertidos en la base sexta, Fase de oposición, la misma queda redactada de la siguiente manera:

«Sexta. Fase de oposición.

6.1 La calificación de esta fase será de un máximo de 12 puntos siendo la misma eliminatoria, no superando la misma los aspirantes que obtenga una puntuación inferior a 6 puntos.

6.2 Esta fase de oposición consistirá en la presentación y defensa de una programación didáctica elaborada para un aula de 2 a 3 años de Educación Infantil. Para la elaboración de la programación didáctica, que será defendida oralmente ante el Tribunal, se atenderá al currículo de especialidad vigente en la Comunidad Autónoma de Aragón en el momento de la publicación de la presente convocatoria. La programación se planteará con una duración de un curso escolar y su contenido se adecuará a lo dispuesto en el artículo 26 de la ORDEN ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Infantil y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. El contenido de la programación tendrá carácter personal y original, debiendo presentarse en soporte papel, organizada de acuerdo con un índice en el que se relacionen y numeren las unidades didácticas que la componen, que deberán ser entre diez y quince. Sus contenidos deben elaborarse de forma que pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. Además, deberá tener una extensión máxima de 50 páginas formato DIN-A4, tipo de letra Arial 11, sin incluir anexos, ni portada, ni contraportada. En el caso de que la programación no cumpla con los requisitos señalados en el párrafo anterior, el/la aspirante será penalizado restando 2 puntos a la puntuación que le correspondería en la defensa de la misma. Para la defensa de la programación didáctica, el/la aspirante no podrá disponer ni de un ejemplar de dicha programación, ni de cualquier otro material auxiliar, pero podrá utilizar un guion o equivalente que no excederá de una página u hoja de tamaño DIN-A4 tipo de letra Arial 11, y que deberá entregarse al tribunal al término de la exposición. En el caso en el que la extensión del guion exceda los límites establecidos, se retirará a la/el aspirante antes del comienzo de la defensa. En ningún caso se devolverá la programación entregada. La programación será entregada en la fecha y hora que se establezca a tal efecto debiendo ser entregada por la/el aspirante junto con una copia de su DNI/NIE. La defensa oral del programa deberá realizarse en un tiempo máximo de 20 minutos. Acabada la exposición, el Tribunal podrá plantear preguntas o cuestiones al candidato/a en relación con el contenido de su intervención. Este debate tendrá una duración máxima de diez minutos.

6.3 Valoración de la prueba. En la fase de oposición se valora la aptitud Pedagógica y Técnica. La calificación total de la prueba será de 0 a 12 puntos, siendo ésta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (programación y defensa oral) ponderadas del siguiente modo: - Programación didáctica: hasta un máximo de 6 puntos. - Defensa oral: hasta un máximo de 6 puntos.

6.4 Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Para ello, los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

6.4. En las presentes pruebas serán admitidas las personas discapacitadas en igualdad de condiciones que los demás aspirantes. Quienes concurran al presente procedimiento selectivo con alguna discapacidad reconocida deberán presentar la correspondiente certificación expedida por la Administración competente que acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria. El tribunal establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de prueba que garanticen la igualdad de condiciones. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.

6.5 Una vez concluida la valoración de la fase de oposición, el tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la web/sede electrónica del Ayuntamiento de Híjar, la lista provisional de puntuaciones obtenidas por los aspirantes.

6.6 Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a contar desde la publicación de la lista provisional de puntuaciones para realizar las reclamaciones oportunas o solicitar la revisión de su puntuación ante el Tribunal.

El Tribunal en el plazo máximo de cinco días hábiles resolverá las reclamaciones presentadas, haciendo publica seguidamente en el tablón de anuncios y web/sede electrónica del Ayuntamiento la lista definitiva de aspirantes aprobados por orden de puntuación.»

En Híjar, a la fecha de firma electrónica del documento.