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Aprobación definitiva del callejero municipal de Camarena de la Sierra.

Publicado el 25/07/2017 (Nº 139)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Camarena de la Sierra

Texto completo:

Por Acuerdo del Pleno de fecha 5 de julio de 2017, se aprobó definitivamente el callejero municipal de Camarena de la Sierra lo que se publica a los efectos de su general conocimiento. "7° APROBACIÓN CALLEJERO MUNICIPAL DE CAMARENA DE LA SJERRA. Visto que con fecha 3 de mayo de 2016, se consideró necesario proceder a la elaboración del callejero municipal, por los siguientes motivos: mantener actualizadas la nomenclatura y rotulación de las vías públicas y la numeración de los edificios. Visto que con fecha 30 de mayo de 2016, el Pleno de la Corporación aprobó la elaboración del callejero municipal, encargando su redacción a los Servicios Técnicos municipales. Visto que con fecha 16 de diciembre de 2016, se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, y se puso a disposición de los interesados, otorgando a los interesados un plazo de información pública de 30 días. Visto que con fecha 6 de febrero de 2017, se emitió informe en el que se establece la no presentación de ninguna alegación durante el plazo de exposición pública. Visto el Informe de Secretaría de fecha 20 de mayo de 2017, el Pleno de Camarena de la Sierra, adopta por unanimidad el siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar definitivamente el callejero municipal de Camarena de la Sierra. SEGUNDO. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia a efectos de su general conocimiento. TERCERO. Notificar a las Administraciones Públicas afectadas por la elaboración del callejero municipal." Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. En Camarena de la Sierra a 5 de julio de 2017.- El Alcalde, Fdo. Ramón Gimeno Gil.