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Aprobación de subvenciones para la provisión de Fondos para Bibliotecas Municipales de la Provincia de Teruel 2022

Publicado el 19/07/2022 (Nº 136)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Excma. Diputación Provincial de Teruel

Texto completo:

APROBACIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROVISIÓN DE FONDOS PARA BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE TERUEL 2022

De conformidad con la Ordenanza General por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones por la Diputación Provincial y el IET, cuyo texto íntegro aparece publicado en el BOP n.º 86, de 8 de mayo de 2020, con la convocatoria de subvenciones para la provisión de fondos para Bibliotecas Municipales de la Provincia 2022 (BOPTE n.º 94, de 19 de mayo de 2022), con identificador en la BDNS número 626306, en virtud del Decreto de la Presidencia n.º 2022-1761, de 9 de mayo de 2022, por el que se aprobaba dicha convocatoria de subvenciones, las Bases de Ejecución del Presupuesto General de esta Diputación Provincial y visto el Informe de Fiscalización de Conformidad de la Intervención General nº: 2022-1718, de 8 de julio de 2022, la Presidencia de la Corporación, por Decreto n.º 2022-2706, de 14 de julio de 2022, HA RESUELTO:

Primero.- Aprobar las subvenciones que se indican en la siguiente relación a favor de los Ayuntamientos que se expresan, supeditando el abono de los mencionados importes al cumplimiento de lo exigido en la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la Diputación Provincial y en la Convocatoria de subvenciones para la provisión de fondos para Bibliotecas Municipales de la Provincia 2022, publicando en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel la relación de las mismas.

Segundo.- Desestimar la solicitud del Ayuntamiento de La Codoñera por incumplimiento del punto segundo de la convocatoria, en lo que se refiere al horario de apertura: “Estas bibliotecas además, deberán cumplir las siguientes condiciones: tener un horario mínimo de apertura al público (6 horas semanales, en horario de tarde, a partir de las 16 horas) haber prestado servicio durante todo el año 2021 y contar con instalaciones independientes para prestar el servicio”. La biblioteca la abre el Profesor de Adultos en su horario de trabajo.

Desestimar las solicitudes de los Ayuntamientos de Alacón y Monforte de Moyuela por no cumplir los requisitos del punto segundo de la convocatoria: “Podrán acogerse a la presente convocatoria todos los Ayuntamientos de la provincia de Teruel que cuentan con una biblioteca pública municipal que, hasta la aprobación de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización, pertenecían a la red de tutela provincial o autonómica”.

2022 AYUNTAMIENTO NIF PUNTOS SUBVENCIÓN

1 AGUAVIVA P4400400J 3,31 2.032 €

2 ALBALATE DEL ARZOBISPO P4400800A 7,13 3.346 €

3 ALBARRACÍN P4400900I 8,13 2.807 €

4 ALCAÑIZ P4401300A 28,50 9.000 €

5 ALCORISA P4401400I 14,09 5.865 €

6 ALIAGA P4401700B 6,66 1.520 €

7 ALLOZA P4402200B 6,71 2.578 €

8 ANDORRA P4402500E 17,45 7.305 €

9 ARIÑO P4402900G 8,09 2.800 €

10 BECEITE P4403700J 3,64 2.085 €

11 BRONCHALES P4404500C 2,12 1.241 €

12 CALACEITE P4404900E 6,49 2.543 €

13 CALAMOCHA P4405000C 15,06 6.021 €

14 CALANDA P4405100A 11,55 5.456 €

15 CASTELLOTE P4407100I 4,85 2.280 €

16 CASTELSERÁS P4406800E 4,98 2.300 €

17 CEDRILLAS P4407400C 5,43 2.373 €

18 CELLA P4407600H 8,05 3.494 €

19 CRETAS P4408800C 3,15 2.006 €

20 ESCUCHA P4410400H 2,70 1.934 €

21 GEA DE ALBARRACÍN P4412200J 3,58 1.475 €

22 HÍJAR P4412800G 10,05 3.815 €

23 MANZANERA P4415000A 7,62 2.725 €

24 MAS DE LAS MATAS P4415200G 11,37 4.028 €

25 MONREAL DEL CAMPO P4416100H 15,42 4.678 €

26 MONROYO P4416200F 3,04 939 €

27 MONTALBÁN P4416300D 5,57 3.095 €

28 MORA DE RUBIELOS P4416700E 6,26 3.206 €

29 MOSQUERUELA P4416900A 7,01 2.627 €

30 MUNIESA P4417000I 5,23 2.341 €

31 OJOS NEGROS P4417800B 3,53 1.017 €

32 ORIHUELA DEL TREMEDAL P4418300B 3,99 1.541 €

33 PEÑARROYA DE TASTAVINS P4418900I 3,01 1.384 €

34 PUEBLA DE HÍJAR, LA P4420200J 7,78 2.750 €

35 RUBIELOS DE MORA P4421300G 6,47 2.540 €

36 SAMPER DE CALANDA P4421700H 7,16 2.651 €

37 SANTA EULALIA DEL CAMPO P4422100J 10,07 3.819 €

38 SARRIÓN P4422300F 4,96 2.997 €

39 TORRIJO DEL CAMPO P4424500I 3,52 1.466 €

40 URREA DE GAÉN P4425000I 2,81 1.352 €

41 UTRILLAS P4425100G 5,38 4.465 €

42 VALDEALGORFA P4425400A 6,01 2.466 €

43 VALDERROBRES P4426000H 12,49 4.208 €

44 VALJUNQUERA P4426100F 2,59 866 €

45 VILLARQUEMADO P4427500F 6,11 2.482 €

133.919 €

Tercero.- El pago de las subvenciones se realizará conforme a lo dispuesto en el punto 8 de las Normas Reguladoras de la concesión de las mismas; Partida 3321-76200: 134.000 euros. En el supuesto de incumplimiento del destino de la subvención o de cualquiera de las normas aplicables se procederá a la anulación de la misma, a su devolución y al ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.

Cuarto.- El plazo para presentar la documentación requerida para la justificación finaliza el 31 de octubre de 2022.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde su notificación recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de un mes desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley 4/1999, de 13 de enero.

Teruel, 14 de julio de 2022.- El Presidente, Manuel Rando López.- El Secretario General Accidental, Alberto Diego Pérez Fortea.