Modificación de la RPT del Ayuntamiento de Teruel, puestos descritos.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de enero de 2025, y en el seno del expediente administrativo n.º 263/2024/TE, entre otros , adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.- Proceder a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Teruel en la forma que a continuación se expondrá, de acuerdo con los criterios establecidos en la parte expositiva de este acuerdo:
1.- Asignación del complemento de disponibilidad especial percibido por el Animador de la Unidad de Fiestas. Tras el transcurso del periodo inicial de actividad y desempeño en el puesto de trabajo del actual ocupante del mismo, así como la carga derivada del mismo y la necesidad de su asistencia y participación en diferentes actividades con un régimen de horario muy variado, se propone la asignación del complemento de disponibilidad especial, por un valor de 3.589,48 euros. La percepción de este complemento supone la imposibilidad de percibir cantidad económica alguna por interrupción de descanso semanal, por lo que este factor incluye el trabajo realizado en fines de semana y festivos. Esta prescripción no obsta al derecho del funcionario que ocupe el puesto de trabajo al disfrute de su derecho al descanso semanal.
2.- Modificación de los puestos de trabajo adscritos a la Unidad de Alumbrado Público para añadir el factor de penosidad al complemento específico. Tras los diversos informes presentados desde el Servicio de Alumbrado Público del Ayuntamiento de Teruel, en los últimos años, la propuesta municipal a este respecto es la de asignar al complemento específico de los puestos adscritos al servicio de Alumbrado Público el factor de penosidad. El valor del factor es de 853,63 euros anuales para cada uno de los Oficiales del Servicio, así como para el Oficial Encargado.
3.- Modificación del nivel de complemento de destino, y de los factores de incompatibilidad y dedicación exclusiva de Inspectores y Oficiales de Policía Local del Ayuntamiento de Teruel. En este caso, la propuesta municipal supone la asignación del nivel de complemento de destino 18 a los Oficiales de Policía Local, así como de los factores de dedicación exclusiva e incompatibilidad del complemento específico. La razón de esta recatalogación viene derivada de la necesidad de recuperar la diferencia de 2 niveles de complemento entre Oficiales y Agentes de Policía Local. Tras la publicación en el BOE, el 20 de diciembre, del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, se modifican los intervalos de niveles regulados en el Real Decreto 364/1995, y, por ello, los puestos de trabajo de Agente de Policía Local del Ayuntamiento de Teruel fueron adaptados al nivel mínimo del subgrupo C1 regulado por el RDL 6/2023, el nivel 16, y se operó igualmente con los factores de incompatibilidad y dedicación exclusiva. Por otro lado, se propone el incremento de 2 niveles del complemento de destino de los Inspectores de Policía Local, que pasarán a tener el nivel 24, y de los factores de dedicación exclusiva e incompatibilidad. El planteamiento del Ayuntamiento pasa, al menos a corto plazo, porque la cúspide de la organización jerárquica de la Policía Local sea ocupada por Inspectores de la misma, por lo que se equipara su nivel de complemento de destino al de los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos municipales que también desempeñan puestos de trabajo del grupo A2.
4.- Modificación del estatus del puesto de trabajo n.º 2362 Oficial Conductor del Servicio de Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Teruel. La propuesta municipal supone la modificación del estatus del citado puesto, procediendo a su laboralización, al haber concluído el periodo de reserva de puesto de trabajo del anterior titular por incapacidad laboral de carácter absoluto En la actualidad, éste es 1 de los 2 puestos de funcionario correspondientes al grupo C2 del Servicio Municipal de Limpieza Viaria, equiparado funcional y económicamente a cualquier puesto de carácter laboral con categoría de Oficial Conductor del mismo Servicio. Dado que el puesto de trabajo está cubierto de forma temporal por otro empleado municipal del propio Servicio de Limpieza Viaria, la modificación tendrá efectos económicos y administrativos cuando se cubra con carácter fijo por un Oficial Conductor del Servicio de Limpieza Viaria, una vez incorporada la plaza a la OEP Municipal correspondiente.
5.- Modificación del puesto de trabajo n.º 2112 Oficial de Policía Local del Ayuntamiento de Teruel que pasa a ser agente de Policía Local. Las necesidades organizativas de la Policía Local obligan a la transformación de 1 puestos de Oficial de Policía Local en Agente de la misma, derivadas de la jubilación de 1 Oficial en situación de segunda actividad sin destino. Sin perjuicio de la posible litigiosidad de la misma, el puesto de trabajo se incorporará a la próxima OEP para su efectiva cobertura por un funcionario de carrera de nuevo ingreso.
6- Creación del puesto de trabajo n.º 4102 Auxiliar Administrativo laboral adscrito a la Unidad de Juventud. Por último, se propone la creación de un nuevo puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo adscrito al Servicio de Juventud. Más allá de la adscripción temporal de otra trabajadora municipal realizada en marzo de 2020 y ya concluida, la Corporación considera que el aumento de la carga de trabajo de carácter administrativo y la continua sucesión de contratos de trabajo por acumulación de tareas determinan la necesidad de creación del referido puesto de trabajo, en las siguientes condiciones - 1 Puesto de Auxiliar Administrativo adscrito a la Unidad de Juventud. Número: 4102 Denominación: Auxiliar Administrativo Tipo de Puesto: No Singularizado. Estatus: Laboral. Grupo de Clasificación: C2. Nivel Complemento Destino: 15. Catalogación Complemento Específico formado por los factores de Incompatibilidad y Dedicación Exclusiva correspondientes al Nivel 15. Forma de provisión del puesto de trabajo: Concurso
Segundo.-Proceder a la inmediata publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia. …”.
Lo que se hace público para general conocimiento, señalando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Teruel, a 14 de enero de 2025.- El Técnico de Personal y Servicios Generales, D. Álvaro Moya Tartaj.