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Delegar en Doña María Inés Villarreal López, Primera Teniente de Alcalde del ayuntamiento de Torrijas y con DNI número 44******T, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía relativa a la resolución del procedimiento del expediente 59/2020

Publicado el 07/08/2020 (Nº 150)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Torrijas

Texto completo:

Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO PRIMERO. Delegar en Doña María Inés Villarreal López, Primera Teniente de Alcalde del ayuntamiento de Torrijas y con DNI número 44******T, el ejercicio de la atribución de la Alcaldía relativa a la resolución del procedimiento del expediente 59/2020, cuyo contenido es: Ante la necesidad aprobar el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, la obligación de nombrar una mesa de subasta en el procedimiento de arrendamiento de las fincas rústicas denominadas “Piezas del Lugar” que será la que consecuentemente ofrezca una propuesta de ganador, ante la probable participación del alcalde en la subasta a título personal, y con el fin de evitar incompatibilidades entre el órgano de contratación que inició el procedimiento y la mesa de la misma, y sobre todo ante la necesidad de que la adjudicación del contrato de arrendamiento esté alejada de posibles incompatibilidades. Y en atención al cumplimiento del artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 47, 67 y 96 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el delegado debe resolver, a partir de la resolución donde se ordena la preparación de los Pliegos Económico-Administrativos del procedimiento de Subasta de las “Piezas del Lugar”, y en adelante, el resto del procedimiento nº 59/2020, hasta la adjudicación al participante que la propia Mesa de Subasta considere como idóneo SEGUNDO. Imponer al delegado la obligación de informar al Alcalde, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. TERCERO. Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento. CUARTO. Comunicar la presente resolución al delegado. QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del contenido de la delegación. SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Torrijas.- EL ALCALDE, Jorge García Garcés.- SECRETARIO – INTERVENTOR, Raúl Marín Rubio