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Padrón fiscal y lista cobratoria del Precio Público por suministro de agua potable y de la Tasa por el servicio de alcantarillado correspondiente al 1º trimestre de 2017.

Publicado el 04/04/2017 (Nº 65)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Monreal del Campo

Texto completo:

Por Resolución de la Alcadía-Presidencia de este Ayuntamiento de fecha 28 de marzo de 2017 se ha aprobado el Padrón fiscal y lista cobratoria del Precio Público por suministro de agua potable y de la Tasa por el servicio de alcantarillado correspondiente al 1º trimestre de 2017, elaborado por la empresa concesionaria del servicio. A efectos de la notificación colectiva en los términos establecidos en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como de la sumisión del mismo a trámite de información pública, se expone dicho Padrón al público por un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de inserción de este anuncio en el B.O.P. de Teruel, durante el cual estará a disposición de los interesados en la oficinas municipales para su consulta y formulación de posibles reclamaciones por los interesados. Contra la Resolución de aprobación del Padrón y liquidaciones tributarias en el mismo incorporadas, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición con carácter previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública, de conformidad con lo establecido en el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente. De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria se pone en conocimiento de los contribuyentes que el plazo de ingreso en periodo voluntario de dicho tributo se extenderá desde el 10 de abri al 10 de mayo de 2017. Los recibos domiciliados se cargarán directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes el día 17 de abril de 2017. Para los recibos no domiciliados, el documento preciso para efectuar el pago de la deuda será enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes, donde constará la forma y/o nº de cuenta para hacer efectivo el pago a favor de la empresa concesionaria. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho el pago, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. En Monreal del Campo, a 28 de marzo de 2017.- Carlos Redón Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Monreal del Campo.