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Aprobación subvenciones a Aytos. acogidos al "Programa de ayudas a ferias agropecuarias, agroalimentarias y medioambientales a celebrar en la provincia de Teruel durante 2025”.

Publicado el 22/09/2025 (Nº 179)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Excma. Diputación Provincial de Teruel

Texto completo:

Aprobación de subvenciones a Ayuntamientos acogidos al "Programa de ayudas a ferias agropecuarias, agroalimentarias y medioambientales a celebrar en la provincia de Teruel durante 2025”.

Esta Presidencia, en uso de las facultades que me confiere el artículo 34.1.f de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 64.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, así como el artículo 61, Apartados 14 y 15, del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y las Bases de Ejecución del Presupuesto General de esta Diputación Provincial, HA RESUELTO:

1º.- Aprobar las subvenciones a conceder a los ayuntamientos organizadores de las ferias provinciales acogidas al “Programa de ayudas a ferias agropecuarias, agroalimentarias y medioambientales a celebrar en la provincia de Teruel durante 2025”, se indican a continuación, por los importes especificados en cada caso, resultantes de asignar la cantidad de 718,56 euros euros a cada uno de los puntos obtenidos por las mismas, de acuerdo con la aplicación del baremo establecido en el artículo octavo de la convocatoria del Programa de Ayudas; ascendiendo el total de las subvenciones a aprobar, con cargo a la partida 4120-46201 del presupuesto de los Servicios Agropecuarios para el ejercicio 2025, a la cantidad total de 119.999,52 euros.

FERIA CIF PUNTUACIÓN TOTAL SUBVENCIÓN (€)

1.- CRETAS P4408800C 5 3592,80

2.- ORIHUELA DEL TREMEDAL P4418300B 9 6467,04

3.- CELLA P4407600H 5 3592,80

4.- CEDRILLAS P4407400C 12 8622,72

5.- RAFALES P4420500C 5 3592,80

6.- CASTELSERAS P4406800E 5 3592,80

7.- SAMPER DE CALANDA P4421700H 5 3592,80

8.- VILLARQUEMADO P4427500F 4 2874,24

9.- MOSQUERUELA P4416900A 6 4311,36

10.- AGUAVIVA P4400400J 5 3592,80

11.- MONREAL DEL CAMPO P4416100H 6 4311,36

12.- CALANDA P4405100A 5 3592,80

13.- MONROYO P4416200F 5 3592,80

14.- TORREVELILLA P4424300D 4 2874,24

15.- MORA DE RUBIELOS P4416700E 9 6467,04

16.- SARRIÓN P4422300F 6 4311,36

17.- VALJUNQUERA P4426100F 4 2874,24

18.- PEÑARROYA DE TASTAVINS P4418900I 4 2874,24

19.- RUBIELOS DE MORA P4421300G 4 2874,24

20.- SANTA EULALIA P4422100J 5 3592,80

21.- VALDEALGORFA P4425400A 5 3592,80

22.- CANTAVIEJA (COMERCIAL) P4405900D 5 3592,80

23.- CANTAVIEJA (GANADERA) P4405900D 12 8622,72

24.- VALDERROBRES P4426000H 6 4311,36

25.- CALACEITE P4404900E 6 4311,36

26.- ALFAMBRA P4401600D 6 4311,36

27.- ALCAÑIZ P4401300A 5 3592,80

28.- VILLEL P4427899J 5 3592,80

29.- CALOMARDE P4405200I 4 2874,24

TOTAL 167 119.999,52

Teruel, a 16 de septiembre de 2025.- El Presidente, D. Joaquín Pascual Juste Sanz. Documento firmado electrónicamente.