Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Padrones fiscales

Publicado el 14/10/2020 (Nº 197)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Sarrión

Texto completo:

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 1 de Octubre de 2020, se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública de los Padrones formados para el cobro de la tasa por consumo de agua potable del 1º semestre de 2020; la Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos del segundo semestre de 2020; de la Tasa por servicio de Alcantarillado del año 2020; del Aprovechamiento de Pastos del segundo semestre de 2020 y de la Tasa por Sanidad preventiva del año 2020 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación y las correspondientes Ordenanzas Fiscales vigentes, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza. EXPOSICION PUBLICA: Los Padrones formados citados anteriormente, se encuentran expuestos al público por término de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. PLAZO DE INGRESO: De acuerdo con lo regulado en la Ordenanza fiscal correspondiente, el plazo para el pago en periodo voluntario será del 2 de Noviembre al 31 de Diciembre de 2020. LUGAR Y FORMA DE PAGO: El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atención al público. Los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación del pago podrán reclamarla al Ayuntamiento sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señalados por los contribuyentes. PROCEDIMIENTO DE APREMIO: Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20 % del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora. REGIMEN DE RECURSOS:- Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del Padrón. Contra la desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuera expresa, y si no lo fuere, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto. No podrá simultanearse la interposición del recurso de reposición y la reclamación económico- administrativa. Sarrión, 2 de Octubre de 2020.- La Alcaldesa, Fdº. Ana B. de Miguel Sánchez