Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

NOMBRAMIENTO DE CONCEJALES RESPONSABLES EN DISTINTAS ÁREAS POR DELEGACIÓN DEL ALCALDE

Publicado el 23/07/2019 (Nº 138)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Nogueruelas

Texto completo:

Dña. Irene Díaz Díaz, Secretaria del Ayuntamiento de Nogueruelas, provincia de Teruel, CERTIFICO: Que por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Nogueruelas, de fecha de 28 de junio de 2019, se aprobó el siguiente acuerdo que resulta del siguiente tenor literal: “4. NOMBRAMIENTO DE CONCEJALES RESPONSABLES EN DISTINTAS ÁREAS POR DELEGACIÓN DEL ALCALDE. Se pone en conocimiento de los presentes que en fecha de 26 de junio de 2019, en orden de una mejor gestión municipal y en uso de sus atribuciones, ha dictado la siguiente Resolución: Primero.- Delegar a favor de los Sres. Concejales que a continuación se señalan, las atribuciones de gestión de las áreas siguientes: D. Antonio Escriche Arcusa: Obras y urbanismo. Cultura. Deportes. Festejos D. José E. Corella Peña: Medio Ambiente y Agricultura. Ganadería y Montes. Obras y Urbanismo. D. Ramiro Gasque Olaria: Medio Ambiente y Agricultura. Ganadería y Montes. Bienestar social y sanidad. Cultura y Deportes. D. Miguel A. Escriche García: Obras y urbanismo. Cultura y Deportes. Festejos. Segundo.-Las competencias de cada área son las siguientes: ÁREA COMPETENCIAL OBRAS Y URBANISMO: Asuntos relacionados con la gestión de Obras, Urbanismo, Gestión de Infraestructuras (Abastecimiento, Saneamiento, Depuración de Aguas, Gestión de Residuos…), Vivienda, Patrimonio urbano y rural. FUNCIONES: 1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias. 2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, en las siguientes competencias plenarias: a) La aprobación inicial y provisional del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los Planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística, salvo aquellos atribuidos expresamente al Alcalde. b) Las contrataciones y concesiones de toda clase en materias objeto del área de competencia de la Comisión (Obras, Urbanismo, Vivienda, Medio Ambiente y Gestión de Infraestructuras), salvo en los supuestos concretos atribuidos expresamente al Alcalde. c) La aprobación de los proyectos de obras cuando la contratación de su ejecución sea de su competencia y cuando no estén previstos en los Presupuestos. d) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el diez por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a quinientos millones de pesetas. e) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas. f) La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público y la regulación del aprovechamiento de los bienes comunales. g) La enajenación del patrimonio, en los siguientes supuestos: - cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto. - cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los porcentajes y las cuantías referidas a la competencia establecida para la adquisición de bienes. h) Aprobación del Inventario de Bienes, Derechos y Acciones de la Corporación y sus rectificaciones. i) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial. ÁREA COMPETENCIAL CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS, BIENESTAR SOCIAL Y SANIDAD Asuntos relacionados con la gestión de Sanidad, Bienestar Social, Cultura, Festejos, Deportes, Turismo, Infancia, Juventud y Mayores y cualesquiera otras relacionadas con los servicios municipales competentes en dichas materias. FUNCIONES: 1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias. 2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, en las siguientes competencias plenarias: a)Las contrataciones y concesiones en materias de su competencia, salvo en los supuestos concretos atribuidos expresamente al Alcalde. b) La aprobación de las formas de gestión de los servicios y el ejercicio de actividades económicas. c) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas. d) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial. ÁREA COMPETENCIAL MEDIAMBIENTE, AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES Asuntos relacionados con la gestión de los asuntos relativos a la agricultura, ganadería y montes. FUNCIONES: 1. Control y fiscalización de los órganos de gobierno en asuntos relacionados con sus competencias. 2. Estudio, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, en las siguientes competencias plenarias: a) Las contrataciones y concesiones en materias de su competencia, salvo en los supuestos concretos atribuidos expresamente al Alcalde. b)La aprobación de las formas de gestión de los servicios y el ejercicio de actividades económicas. c) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas. d) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial en materias relacionadas con su ámbito competencial. e) Las demás materias que expresamente le confieran las leyes al Pleno dentro del área competencial de la Comisión.” Tercero.-No podrán delegarse en un tercero las atribuciones o potestades recibidas por Delegación. Cuarto.-Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno en la próxima sesión que se celebre El Pleno toma conocimiento y los Sres. Concejales aceptan las delegaciones designadas.” Y para que así conste, se firma la presente con el visto bueno del Sr. Alcalde D. Marcos Benajes Herrero. En Nogueruelas a 4 de julio de 2019.