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Tasa por la Prestación del Servicio de Recogida de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos año 2020.Tasa por el Suministro y Distribución de aguas potables a domicilio y Derechos de Enganche año 2020.

Publicado el 15/10/2020 (Nº 198)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Valacloche

Texto completo:

Tasa por la Prestación del Servicio de Recogida de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos año 2020. Tasa por el Suministro y Distribución de aguas potables a domicilio y Derechos de Enganche año 2020. Por Resolución de Alcaldía 2020-33 de fecha de 8 de octubre de 2020, se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública el Padrón de la Tasa por el Suministro y Distribución de agua potables a domicilio y derechos de enganche, y la Tasa por Servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos correspondientes a los períodos arriba indicados, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período voluntario de cobranza. Exposición pública El Padrón correspondiente a la Tasa por el Suministro y Distribución de agua potables a domicilio y derechos de enganche, y la Tasa por Servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, se encuentra expuesto al público por período de un mes a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. El padrón podrá ser consultado y examinado en el Ayuntamiento en horario de Secretaría. Plazo de ingreso El plazo de ingreso será de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. Lugar y forma de pago El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada: - Ibercaja - Caja Rural de Teruel Los contribuyentes que no hubieran recibido dentro de los primeros veinte días del período de cobranza la documentación de pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que la falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará al exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. Régimen de recursos Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública del padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no fuese expresa, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca.