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Aprobación del Anexo relativo a la valoración económica de las retribuciones básicas y complementarias asignadas por la RPT Municipal a los puestos de trabajo de los funcionarios municipales, personal laboral y personal eventual correspondiente al año 2026.

Publicado el 20/01/2026 (Nº 12)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Teruel

Texto completo:

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de enero de 2026, y en el seno del expediente administrativo n.º 211/2025/TE, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.- Proceder, conforme a lo establecido en la Sesión de Mesa General de Negociación y al Dictamen de la CMI de Administración y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Teruel, a la aprobación del Anexo relativo a la valoración económica de las retribuciones básicas y complementarias asignadas por la RPT Municipal a los puestos de trabajo de los funcionarios municipales, personal laboral y personal eventual correspondiente al año 2026, en las condiciones explicitadas en el presente acuerdo.

Las retribuciones básicas del personal municipal enumerado en el título de la presente propuesta y con efectos económicos del día 1 de enero de 2026, serán las percibidas en 2025 más los aumentos previstos en el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público. En lo relativo a las retribuciones complementarias se estará a lo dispuesto por la RPT Municipal, que reflejará los aumentos porcentuales retributivos estipulados en el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

En el caso de que se aprobase una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado que suponga una modificación de de las mismas, de otra norma jurídica que las regule, o debieran aplicarse otros efectos estipulados en el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, las cantidades asignadas a los conceptos integrantes de las retribuciones complementarias se adaptarán a lo dispuesto en las mismas.

Segundo.-Proceder a la inmediata publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia. …”.

Lo que se hace público para general conocimiento, señalando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Teruel, a fecha de firma electrónica.