Presupuesto General para el ejercicio 2026.
Acuerdo del Pleno de fecha 13-11-2025 del AYTO DE BEZAS a por el que se aprueba definitivamente el Presupuesto General para el ejercicio 2026. Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
+ Capítulo 1: Impuesto Directos 12.700,00 + Capítulo 2: Impuesto Indirectos 0,00 + Capítulo 3: Tasas y otros ingresos 23.400,00 + Capítulo 4: Transferencias corrientes 69.817,09 + Capítulo 5: Ingresos patrimoniales 54.184,00 + Capítulo 6: Enajenación de inversiones 0,00 + Capítulo 7: Transferencias de capital 51.885,59
= A) TOTAL INGRESOS (Capítulos I a VII) 211.986,68
PRESUPUESTO DE GASTOS + Capítulo 1: Gastos de personal 49.079,07 + Capítulo 2: Compra de bienes y servicios 84.922,02 + Capítulo 3: Gastos financieros 100,00 + Capítulo 4: Transferencias corrientes 8.000,00 + Capítulo 5: Fondo de Contingencia 0,00 + Capítulo 6: Inversiones reales 69.885,59 + Capítulo 7: Transferencias de capital
= B) TOTAL GASTOS (Capítulos I a VII) 211.986,68
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Plantilla de Personal
Funcionario Interino 1 puesto Secretaria-Intervención en agrupación Ayuntamientos de Bezas-Saldón- Valdecuenca y Rubiales GRUPO A 1 NIVEL 26
Personal Laboral 1 puesto auxiliar administrativo en agrupación Ayto de Bezas-Saldón-Valdecuenca y Rubiales GRUPO C2 NIVEL 18
Personal Temporal 1 puesto Operario Serfvicios Multiples GRUPO E NIVEL 15
TOTAL 3 PUESTOS
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bezas, a fecha de firma electrónica.