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Aprobación definitiva del Presupuesto General para el ejercicio 2025.

Publicado el 31/01/2025 (Nº 21)
Sección: VII. Boletín Oficial de la Provincia de Teruel - Administración Local
Emisor: Ayto. de Rubiales

Texto completo:

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Rubiales para el ejercicio 2025, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de la Entidad, Bases de Ejecución y Plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por Capítulos.

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Datos del AYUNTAMIENTO

+ Capítulo 1: Impuesto Directos 12.624,00 € + Capítulo 3: Tasas y otros ingresos 16.559,00 € + Capítulo 4: Transferencias corrientes 54.171,00 € + Capítulo 5: Ingresos patrimoniales 28.820,00 €

= A) TOTAL INGRESOS (Capítulos I a VII) 112.174,00 €

PRESUPUESTO DE GASTOS

Datos del AYUNTAMIENTO

+ Capítulo 1: Gastos de personal 31329,00 + Capítulo 2: Compra de bienes y servicios 63.145,00 € + Capítulo 3: Gastos financieros 100,00 € + Capítulo 4: Transferencias corrientes 3.600,00 € + Capítulo 6: Inversiones reales 14.000,00 €

= B) TOTAL GASTOS (Capítulos I a VII) 112.174,00 €

Plantilla de Personal de AYUNTAMIENTO DE RUBIALES

A) Funcionario de Carrera

Secretaría-Intervención, 1 plaza, Grupo A1 Nivel 26. En agrupación con los municipios de SALDON-VALDECUENCA- RUBIALES- BEZAS Cubierta por interino, porcentaje de RUBIALES 20%

B) Personal Laboral Fijo

Auxiliar administrativo, 1 plaza. Grupo C2 Nivel 18. Jornada Parcial (25%). Cubierta. En agrupación con los municipios de Saldón-Valdecuenca – Rubiales- Bezas

C) Personal Laboral Temporal

Peón (Plan de Empleo), 1 plaza.

Resumen Total Funcionarios Carrera: 1 Total Personal Laboral: 1 Total Personal Laboral temporal: 1

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso Contencioso– administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Rubiales, a fecha de firma electrónica.