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En cumplimiento de lo Dispuesto en la Disposición Adicional ...

Publicado el 23/02/2007 (Nº 38)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE CINCA

Texto completo:

En cumplimiento de lo Dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley Urbanística y artículo 143 del Decreto 52/2005, se publica el acuerdo adoptado en sesión plenaria del Ayuntamiento de San Miguel de Cinca relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Puntual nº 2 del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de San Miguel de Cinca, que literalmente se trascribe: «Vista la aprobación inicial de la Modificación Puntual nº 2 del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de San Miguel de Cinca, conforme al documento técnico redactado por el arquitecto D. David Ardanuy Jiménez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón, Delegación de Huesca, en fecha 23 de diciembre de 2005, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 23 de diciembre de 2005. Visto el resultado del trámite de información pública de dicha aprobación inicial realizada mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 6 de fecha 11 de enero de 2006, así como el Diario del Altoaragón y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento por el plazo de un mes, sin que en dicho plazo se haya presentado alegación o reclamación alguna; habiendo sido emitido el certificado de inexistencia de reclamaciones. Visto el escrito recibido del Departamento de Obras Públicas , Urbanismo y Transportes , por el que se comunica que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca , en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2006 acuerda emitir informe favorable para la aprobación definitiva municipal indicándose al Ayuntamiento que : « a) Se recomienda plantear la posibilidad de aplicar la clasificación de Extensión de Casco o Nuevas Alineaciones en lugar de la opción de Casco Consolidado y , b) El vial de acceso a la urbanización , que carece de continuidad, y el tipo de ordenación merecerían un estudio más detenido en busca de soluciones que mejoren la zona .» Visto el informe redactado en fecha 29 de mayo de 2006 emitido por el arquitecto D. David Ardanuy Jiménez, redactor de la Modificación Puntual nº 2 de Delimitación de Suelo Urbano, en relación a las indicaciones de la Comisión Provincial de Urbanismo. Vistos los escritos remitidos al Departamento de Obras Públicas , Urbanismo y Transporte , al afectar la modificación al tramo de la carretera A-130 a su paso por Pomar de Cinca en la zona del Transformador de Endesa hacia el puente dirección Estiche y a la Confederación Hidrográfico del Ebro al afectar , por su inclusión en suelo urbano , a parte de la parcela nº 9035 sita en el polígono nº 6 de Pomar de Cinca ; no constando en el expediente informes negativos de dichas instituciones a la modificación aprobada . Considerando la posibilidad de modificar los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística , contemplada en el artículo 71.2 º de la Ley 5/1999 , de 25 de marzo , urbanística de Aragón , en relación con el artículo 152.2º del Reglamento de desarrollo parcial de la citada Ley , en materia de organización , planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios , aprobado por Decreto 52/2002 , de 19 de febrero , del Gobierno de Aragón . Atendido que la modificación se ajusta a las reglas establecidas por la Ley 5/1999 Urbanística de Aragón en sus artículos 73 y 74. Atendiendo al procedimiento previsto en el artículo 63 y artículo 50 y siguientes de la Ley Urbanística de Aragón y los artículos 135 y 97 de su Reglamento de desarrollo parcial, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad de los cinco miembros asistentes, que conforman la mayoría absoluta legal, ACUERDA: Primero .- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual nº 2 del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de San Miguel de Cinca, conforme al documento técnico redactado por el arquitecto D. David Ardanuy Jiménez , visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón , Delegación de Huesca , en fecha 23 de diciembre de 2005. Segundo.- Proceder a la inscripción del presente acuerdo en el Libro de Registro de Instrumentos Urbanísticos de Planeamiento Urbanístico y Gestión y remitir a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio copia del mismo, a los efectos oportunos. Tercero.- Facultar a la Sra. Alcaldesa para la firma y gestión de cuantas actuaciones resulten precisas para alcanzar efectividad el presente acuerdo.» Lo que se hace público para general conocimiento. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1988 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde la recepción de esta notificación. Si optara por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. San Miguel de Cinca, a 12 de febrero de 2007.- La alcaldesa, Elisa Sancho Rodellar.