Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

Ante la imposibilidad de notificar a la persona que a continuación se detalla, se envía para su ...

Publicado el 30/01/2015 (Nº 19)
Sección: VI. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca - ADMINISTRACIÓN LOCAL
Emisor: AYUNTAMIENTO DE FRAGA

Texto completo:

Ante la imposibilidad de notificar a la persona que a continuación se detalla, se envía para su publicación y efectos de notificación la siguiente resolución, la cual transcrita literalmente dice así:

“El Sr. Alcalde, en el día de la fecha, ha dictado el siguiente:

DECRETO DE LA ALCALDÍA.- En la ciudad de Fraga, a veintinueve de diciembre de 2014.

Visto el artículo 21.1.a) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 30.1.b) de la Ley 7/99 de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que confiere a esta Alcaldía entre otras atribuciones la de dirigir el gobierno y la administración municipal.

Visto la ordenanza reguladora del mercado semanal, venta ambulante y otros mercados ocasionales en la ciudad de Fraga, aprobada provisionalmente en sesión plenaria de fecha veinticinco de noviembre de dos mil diez, publicado en el BOP número 231 de fecha tres de diciembre de dos mil diez,  aprobada definitivamente y publicada íntegramente en el BOP número 35 de fecha veintiuno de febrero de dos mil once, y entrada en vigor al día siguiente de su publicación.

Vistas las bases de la convocatoria pública para la adjudicación de autorizaciones anuales 2014, para la venta ambulante vacantes en el mercado semanal del martes de Fraga publicadas en el BOP número 166 de fecha dos de septiembre de dos mil catorce.

Vista la ampliación de plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de octubre de 2014 publicada en el BOP número 187 de fecha 1 de octubre de 2014.

Visto las instancias presentadas para solicitar puesto fijo en el mercado semanal del martes, una vez verificados los expedientes, a través de los expedientes de solicitud, que el peticionario cumple los requisitos legales exigibles. Visto que el 80% de puestos son destinados a fijos y el resto 20% a eventuales y que el número de solicitudes no excede al número de vacantes.

Visto el informe técnico favorable emitido por D. Francisco Villacampa García, Oficial Jefe de la Policía Local y por D. Jorge Caballero Salillas, Agente de Empleo y Desarrollo Local de fecha quince de diciembre de dos mil catorce.

Por el presente, HE RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar la adjudicación que a continuación se detalla de  los puestos fijos del mercado semanal del martes para el 2015, según Ordenanza reguladora del mercado semanal, venta ambulante y otros mercados ocasionales en la ciudad de Fraga:

PB= Paseo Barrón    C= Calle       PE= Plaza España

SEGUNDO.- Desestimar las siguientes solicitudes al haber sido presentadas fuera de plazo.

TERCERO Aprobar la adjudicación que a continuación se detalla de los puestos fijos del mercado semanal del martes para el 2015, según Ordenanza reguladora del mercado semanal, venta ambulante y otros mercados ocasionales en la ciudad de Fraga, condicionada a la presentación de la siguiente documentación:

CUARTO.- Informar a los titulares de las licencias, que deberán autoliquidar e ingresar los importes correspondientes a la licencia y a la ocupación de la vía pública, correspondientes a las licencias para 2015, con arreglo a los plazos e importes detallados en el ANEXO I.

QUINTO.- Dar traslado a todas las personas físicas y/o jurídicas, así como departamentos municipales que se hallen relacionados.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde en el lugar y fecha ut supra.

Lo que traslado a Vd. para su conocimiento y efectos, significándole que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrido potestativamente en reposición ante la Alcaldía-Presidencia. El plazo para interponer el recurso será de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución, y si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Transcurrido un mes desde la interposición el recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el siguiente día a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el que éste deba entenderse presuntamente desestimado. El recurso contencioso-administrativo puede interponerse directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, según corresponda en virtud de sus respectivas competencias reguladas en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y el plazo para interponer este recurso será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

Fraga, 29 de diciembre de 2014. El Alcalde,