ORDEN de 7 de julio de 2010, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca el premio de poesía «Miguel Labordeta 2010».
Por Decreto 253/2001, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, se regulan los premios a la creación literaria («Boletín Oficial de Aragón» núm. 132, de 9 de noviembre).
Por Decreto 235/2002, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, se modificó el Decreto 253/2001, instituyéndose el Premio «Miguel Labordeta», dirigido a estimular la creación literaria en castellano en el género de la poesía.
El artículo 4º dispone que este premio literario tendrá periodicidad anual, y que será convocado por el Departamento competente en materia de cultura, por lo que, en su virtud, dispongo:
Primero.-Se convoca el premio de poesía «Miguel Labordeta 2010» de conformidad con lo dispuesto en los Decretos 253/2001, de 23 de octubre y 235/2002, de 11 de julio del Gobierno de Aragón, por los que se regulan los premios a la creación literaria, con sujeción a las bases incluidas en esta convocatoria.
Segundo.-La dotación económica del premio «Miguel Labordeta 2010» será de 6.000 euros a satisfacer con cargo a la aplicación presupuestaria 18060/G/4522/226002/91002 del presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el año 2011.
Tercero.-La concesión de este premio queda condicionada a la existencia de crédito suficiente en el presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para el año 2011.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,
Primera.-Objeto del premio.
El objeto de la presente convocatoria es premiar una obra de creación literaria en castellano, en el género de la poesía.
Segunda.-Requisitos de participación.
Se podrá concurrir al premio «Miguel Labordeta 2010» con aquellas obras que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser originales e inéditas y estar escritas en castellano.
b) Tener una extensión mínima de 350 versos. Se presentarán de acuerdo con lo indicado en la base cuarta de esta convocatoria.
c) El tema de las obras será libre, al igual que la métrica y forma de composición.
Tercera.-Dotación del premio.
La dotación del premio de poesía «Miguel Labordeta 2010» consistirá en la cantidad en metálico, indivisible, de 6.000 euros y en la edición de la obra premiada, bien directamente, bien en coedición con editoriales privadas, sin que esta primera edición devengue derechos de autor.
Cuarta.-Forma de presentación.
Los originales se presentarán:
-Por sextuplicado, en ejemplares separados, tamaño DIN A-4, paginados, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara.
-Grapados, cosidos o encuadernados.
-Bajo lema y seudónimo, y acompañados de plica, en la que se hará constar el nombre, apellidos, domicilio, teléfono, firma del autor y fotocopia del D.N.I.
-Se dirigirán al Ilmo. Sr. Director General de Cultura, Unidad Orgánica Centro del Libro de Aragón, C/ María Montessori, 1-3, planta baja, 50018 Zaragoza.
Quinta.-Lugar de presentación.
Los originales podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón relacionadas en la Orden de 26 de enero de 2009, del Departamento de Presidencia («Boletín Oficial de Aragón» nº 27, de 10 de febrero de 2009); o bien por cualesquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexta.-Plazo de presentación.
El plazo de presentación de originales finalizará el día 30 de septiembre de 2010.
Séptima.-Jurado.
Las obras presentadas al premio «Miguel Labordeta 2010» serán examinadas por un Jurado constituido al efecto, que estará presidido por la Titular del Departamento de Educación, Cultura y Deporte o persona en quien delegue, e integrado por el Director General de Cultura y por cinco vocales designados por la Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura y Deporte entre personas de reconocido prestigio en la materia objeto del premio. La composición del Jurado se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte.
El Jurado acordará una propuesta de concesión del premio «Miguel Labordeta 2010» que será elevada para su aprobación al Gobierno de Aragón.
La propuesta será decidida por el Jurado por mayoría de votos de sus miembros, no pudiendo realizarse «ex aequo» pero sí declararse desierta.
Las decisiones del Jurado serán inapelables.
Octava.-Otorgamiento del Premio.
El premio «Miguel Labordeta 2010» se otorgará mediante Decreto del Gobierno de Aragón, conforme a la propuesta elevada por el Jurado.
El ganador del premio no podrá participar en el mismo en los tres años siguientes a la concesión.
Novena.-Entrega del Premio.
El fallo del premio se hará público el día 8 de enero de 2011, «Día de las Letras Aragonesas», instituido por Decreto 254/2001 de 23 de octubre del Gobierno de Aragón. La entrega del premio tendrá lugar en el marco de los actos programados en la Feria del Libro de Zaragoza 2011.
Décima.-Devolución de originales.
Las obras no premiadas podrán ser retiradas en el Centro del Libro de Aragón (C/ María Montessori, 1-3, planta baja, de Zaragoza), previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.
Undécima.-Aceptación de las bases.
La presentación de originales supone la aceptación expresa y formal de estas bases.
Todas las incidencias no previstas en estas bases serán resueltas, de forma inapelable, por el Jurado.