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ORDEN DRS/544/2019, de 25 de abril, por la que se aprueba la revisión de la relación de materiales de base de varias especies forestales para la producción de materiales forestales de reproducción de las categorías identificado y seleccionado en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 27/05/2019 (Nº 100)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, a través de su Dirección General de Gestión Forestal Caza y Pesca, ha llevado a cabo los trabajos necesarios para la revisión exhaustiva del conjunto de materiales de base para la producción de material forestal de reproducción de la Comunidad Autónoma de Aragón, para las distintas categorías que recoge la norma.

El objeto de trabajo es completar el material de base de las especies forestales de mayor importancia para Aragón recogidas en los anexos I y XII del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción, para las distintas regiones de procedencia, así como actualizar toda la información necesaria que debe acompañar a las distintas unidades de admisión, incluida los registros cartográficos que se asocian a cada una de ellas.

Para la revisión se han seguidos los criterios orientadores para la propuesta de materiales de base para su autorización, establecidos en la VII reunión del Comité Nacional de Mejora y Conservación de los Recursos Genéticos Forestales, celebrada el 29 de octubre de 2007. Como resultado del trabajo se ha propuesto la incorporación de nuevas unidades, depurando, en su caso, los datos incorrectos o completando la información, y la eliminación de aquellas que se han considerado innecesarias.

El Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción, incorpora a la legislación española la Directiva 1999/105/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, sobre la comercialización de los materiales forestales de reproducción, que refunde y actualiza toda la normativa anterior al efecto.

El artículo 3 del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, antes mencionado, establece que para la producción de materiales forestales de reproducción destinados a la comercialización se utilizarán únicamente materiales de base autorizados, indicando a continuación las condiciones que se exigen para su autorización en función a sus distintas categorías. Corresponde al órgano forestal competente de cada Comunidad Autónoma dictar la correspondiente autorización.

El artículo 7 del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, regula el registro nacional de material de base, que elabora y mantiene la Dirección General de Conservación de la Naturaleza (actualmente Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal), con la colaboración de las Comunidades Autónomas a través de la información aportada para la autorización y revisión de del material de base para la producción de material forestal de reproducción en sus ámbitos territoriales. Igualmente regula la elaboración del Catálogo Nacional de material de base a partir de los datos más significativos del Registro.

De acuerdo con el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, corresponde a este Departamento la autorización del material de base para la producción de material forestal de reproducción en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por todo ello, a la vista de la propuesta efectuada por la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, resuelvo:

Aprobar el listado de nuevos materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción de la categoría identificado que figuran como anexo I a la presente Orden.

Aprobar la exclusión (bajas) de los materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción de la categoría identificado que figura como anexo II a la presente Orden.

Aprobar las modificaciones al Catálogo Nacional de Materiales de Base para la producción de Materiales Forestales de Reproducción que figuran como anexo III a la presente Orden. En dicho anexo figuran como apartado 1 las modificaciones en materiales forestales de reproducción identificado y en el apartado 2 materiales forestales de reproducción seleccionado.

Comunicar la presente Orden a la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la incorporación del material de base para la producción de material forestal de reproducción en el Registro y Catálogo Nacional, aportando la documentación necesaria para ello.

Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 25 de abril de 2019.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO