ORDEN ECD/466/2023, de 22 de febrero, por la que se acepta la renuncia presentada por un beneficiario de la Orden ECD/1594/2022, de 2 de noviembre, por la que se adjudican ayudas a becarios auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para el periodo 1 de noviembre de 2022 al 31 de mayo de 2023, financiados por la Comunidad Autónoma de Aragón.
Mediante Orden ECD/1594/2022, de 2 de noviembre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 218, de 10 de noviembre) se adjudicaron ayudas a becarios auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para el periodo del 1 de noviembre de 2022 al 31 de mayo de 2023, financiados por la Comunidad Autónoma de Aragón.
El apartado séptimo punto 3 de dicha Orden recoge que, si el becario auxiliar por causa justificada tuviera que renunciar definitivamente a la beca, deberá comunicarlo con la mayor antelación posible a los centros de destino y a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional.
Con fecha 13 de enero de 2023 se ha presentado renuncia a la ayuda por parte de un beneficiario de dicha ayuda, y efectuadas las comunicaciones oportunas, por el Director General de Innovación y Formación Profesional se ha emitido la correspondiente propuesta.
Visto lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a lo previsto en el apartado séptimo de la Orden ECD/1594/2022, de 2 de noviembre, resuelvo:
Primero.- Aceptar la renuncia presentada por D. Sharma Shubham, a su condición de becario auxiliar de conversación, beneficiario de la ayuda adjudicada, mediante Orden ECD/1594/2022, de 2 de noviembre, que conlleva la revocación de su nombramiento y la pérdida del derecho al cobro de la subvención por la realización de dicha actividad, con efectos de 13 de enero de 2023.
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Los recursos administrativos se podrán presentar electrónicamente a través del Registro Electrónico General de Aragón en la dirección https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion, o de forma presencial o electrónica, según proceda, en cualquiera de los registros y oficinas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 22 de febrero de 2023.
El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO