ORDEN PIC/1366/2023, de 5 de octubre, por la que se desiste del procedimiento iniciado mediante Orden ECD/1361/2022, de 22 de septiembre, por la que se convocan ayudas para clubes deportivos aragoneses que realicen acciones de deporte inclusivo.
Con fecha 3 de octubre de 2022, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 192, la Orden ECD/1361/2022, de 22 de septiembre, por la que se convocaban ayudas para clubes deportivos aragoneses que realizaran acciones de deporte inclusivo, determinándose un período subvencionable que comprendía del 5 de noviembre de 2021 al 13 de noviembre de 2022.
Dicha Orden establecía, en su artículo 16, que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento era de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse publicado resolución expresa, los interesados podían entender desestimadas sus solicitudes.
Debido a diferentes vicisitudes procedimentales, la convocatoria no pudo resolverse antes de la finalización del ejercicio 2022, motivo por el que procede desistir del procedimiento y archivar las actuaciones correspondientes al mismo.
En cualquier caso, ha de indicarse que, con cargo al presupuesto del ejercicio 2023, se está tramitando una nueva convocatoria, que recoge las mismas actividades subvencionables y el mismo período subvencionable que el contenido en la Orden ECD/1361/2022, de 22 de septiembre.
Así, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, del Gobierno de Aragón, y conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resuelvo:
Apartado único. Desistimiento.
Se desiste del procedimiento iniciado mediante Orden ECD/1361/2022, de 22 de septiembre, por la que se convocan ayudas para clubes deportivos aragoneses que realicen acciones de deporte inclusivo, procediendo al archivo de las actuaciones correspondientes al mismo.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse electrónicamente recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
En caso de interponer recurso de reposición, deberá presentarse electrónicamente, preferentemente a través del trámite electrónico "Interposición de recursos ante la Administración", en el siguiente enlace: https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion
Zaragoza, 5 de octubre de 2023.
La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN