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ORDEN de 27 de diciembre de 2001, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se aprueban los modelos en euros de autoliquidación de las Tasas 05, 06 y 07, gestionados por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de utilización obligatoria a partir del 1 de enero de 2002.

Publicado el 04/01/2002 (Nº 2)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

ORDEN de 27 de diciembre de 2001, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se aprueban los modelos en euros de autoliquidación de las Tasas 05, 06 y 07, gestionados por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de utilización obligatoria a partir del 1 de enero de 2002.

La presente Orden tiene como finalidad la de aprobar los distintos modelos en euros de autoliquidación de las tasas que son gestionadas únicamente por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, diseñados para su necesaria adecuación a la moneda única europea y que serán de utilización obligatoria a partir del día 1 de enero de 2002.

Así, se ha estimado conveniente efectuar una serie de adaptaciones en los modelos actuales, considerando la plena introducción y vigencia del euro en nuestro ordenamiento jurídico tributario y, por ello, las declaraciones-liquidaciones que hayan de efectuarse a partir del día 1 de enero de 2002 habrán de realizarse necesariamente en euros, sin posibilidad de utilización de los anteriores modelos expresados en pesetas.

Mediante la presente Orden se aprueban los distintos modelos en euros de autoliquidación e ingreso de las tasas que son gestionadas por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes: tasa 05: «Tasa por servicios en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias», tasa 06: «Tasa por actuaciones en materia de vivienda protegida» y tasa 07: «Tasa por servicios de expedición de la cédula de habitabilidad». Todo ello de conformidad con lo que establece el Decreto Legislativo 3/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de julio y en el Decreto 23/2000, de 2 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, dispongo:

Primero. Aprobación de los modelos 505, 506 y 507.

Se aprueban los siguientes modelos de autoliquidación en euros de las tasas 05, 06 y 07, que figuran como anexo de la presente Orden:

a) Modelo 505: «Tasa por servicios en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias».

b) Modelo 506: «Tasa por actuaciones en materia de vivienda protegida».

c) Modelo 507: «Tasa por servicios de expedición de la cédula de habitabilidad».

Segundo. Utilización obligatoria de los modelos aprobados.

A partir del día 1 de enero de 2002 no será posible la utilización de los modelos en pesetas, debiendo los sujetos pasivos de las tasas 05, 06 y 07 utilizar obligatoriamente los modelos que se aprueban por la presente Orden.

Disposición final única. Vigencia y efectos.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 27 de diciembre de 2001.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ