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ORDEN ECD/515/2025, de 9 de mayo, por la que se aceptan renuncias presentadas por personas beneficiarias de ayudas adjudicadas a personas becarias auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, financiados por la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 21/05/2025 (Nº 95)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/1213/2024 de 30 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 199, de 11 de octubre de 2024), se adjudican ayudas a becarios auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el periodo del 1 de octubre de 2024 al 31 de mayo de 2025, financiados por la Comunidad Autónoma de Aragón.

Posteriormente, por Orden ECD/1247/2024, 10 de octubre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 206, de 22 de octubre de 2024) se adjudican ayudas a personas be­carias auxiliares de conversación con destino en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, seleccionados por el Ministerio de Educación, Formación Profe­sional y Deportes para el periodo del 14 de octubre de 2024 al 31 de mayo de 2025, fi­nanciados por la Comunidad Autónoma de Aragón.

El apartado séptimo punto 3 de dichas Órdenes recoge que, si la persona becaria auxiliar, por causa justificada, tuviera que renunciar definitivamente a la beca, deberá comunicarlo con la mayor antelación posible al centro de destino y a la Di­rección General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente.

Consta en el expediente que se ha presentado renuncia a la ayuda por parte de tres personas beneficiarias de la misma, y la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente ha emitido, en 25 y 30 de abril de 2025, las correspondientes propuestas de aceptación de las renuncias.

Visto lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, así como con lo previsto en el apartado séptimo de la Orden ECD/1213/2024, de 30 de septiembre, y de la Orden ECD/1247/2024, 10 de octubre, resuelvo:

Primero.- Aceptar la renuncia presentada por D.ª Joffrey Désiré Tramblay, becaria auxiliar de conversación, a su condición de persona beneficiaria de la ayuda adjudicada mediante Orden ECD/1213/2024, de 30 de septiembre, que conlleva la revocación de su nombramiento y la pérdida del derecho al cobro de la subvención por la realización de dicha actividad, con efectos de 1 de abril de 2025.

Segundo.- Aceptar la renuncia presentada por D.ª Grace Sunshower Labich, becaria auxiliar de conversación, a su condición de persona beneficiaria de la ayuda adjudicada mediante Orden ECD/1247/2024, 10 de octubre, que conlleva la revocación de su nombramiento y la pérdida del derecho al cobro de la subvención por la realización de dicha actividad, con efectos de 1 de abril de 2025.

Tercero.- Aceptar la renuncia presentada por D. Daniel Felipe Stroade, becario auxiliar de conversación, a su condición de persona beneficiaria de la ayuda adjudicada mediante Orden ECD/1213/2024, de 30 de septiembre, que conlleva la revocación de su nombramiento y la pérdida del derecho al cobro de la subvención por la realización de dicha actividad, con efectos de 1 de mayo de 2025.

Cuarto.- Ordenar la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; o, directamente, recurso contencioso-ad­ministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tri­bunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Los recursos administrativos se podrán presentar electrónicamente a través del Registro Electrónico General de Aragón en la dirección https://www.aragon.es/tramites/interponer-re­cursos-ante-la-administracion

Zaragoza, 9 de mayo de 2025.