ORDEN PIC/1634/2023, de 8 de noviembre, por la que se dicta resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para infraestructuras municipales de dicha provincia, convocadas por Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero.
El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71.32.ª, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad.
Igualmente, el artículo 79.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón estipula que, en materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
La Orden PRI/822/2022, de 6 de junio, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a infraestructuras municipales en la provincia de Teruel ("Boletín Oficial de Aragón", número 113, de 14 de junio de 2022).
Con fecha 28 de julio de 2021 y 22 de julio de 2022, se suscriben sendos convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón, para fomentar el desarrollo económico de la provincia de Teruel y la corrección de los desequilibrios existentes.
Entre sus líneas de actuación se encuentra la dedicada a las infraestructuras municipales con la posibilidad de su ejecución por las entidades locales en cuyo ámbito territorial se desarrollen.
La Comisión de Seguimiento del convenio del FITE 2021, como órgano paritario competente para adscribir los recursos a los distintos proyectos de inversión, aprobó, en su reunión de 2 de diciembre de 2021, una línea de subvención dirigida a la convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, destinada a la realización de infraestructuras municipales, con una cuantía asignada de dos millones y medio de euros, y posteriormente la Comisión de Seguimiento del convenio del FITE 2022, aprobó en su reunión de 30 de noviembre de 2022, para esa misma línea de subvención dirigida a la convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, destinada a la realización de infraestructuras municipales, asignó una nueva cuantía de cinco millones de euros, con cargo al convenio FITE 2022.
El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, incluye la línea de subvención "Infraestructuras Municipales", en su modificación aprobada por el Gobierno de Aragón en su reunión de 16 de septiembre de 2020.
Mediante la Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero ("Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2023), se convocaron subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para infraestructuras municipales de dicha provincia, por una cuantía total máxima estimada de siete millones y medio de euros (7.500.000 €), con rgo a las siguientes papartidas presupuestarias del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 20:3:
* 10030/G/1252/760059/32221: 1.250.000 euros.
* 10030/G/1252/760059/91221: 1.250.000 euros.
* 10030/G/1252/760059/32222: 2.500.000 euros.
* 10030/G/1252/760059/91222: 2.500.000 euros.
La citada Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero en su apartado décimo, designa como órgano instructor del procedimiento para la tramitación de las solicitudes a la Dirección General de Relaciones Institucionales, por delegación de la Dirección General de Administración Local, por Resolución de 8 de julio de 2021, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 148, de 14 de julio de 2021, funciones que en este momento se ejercen desde la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Orden PRI/822/2022, de 6 de junio, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando la puntuación obtenida y los criterios de evaluación seguidos para efectuarla, así como, en su caso, la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes. Dicha propuesta de resolución provisional será trasladada a los interesados para cumplir con el trámite de audiencia, pudiendo presentar el interesado en el plazo de diez días las alegaciones que considere oportunas.
A la vista de todo ello, la Comisión de Valoración emitió informe de valoración de las solicitudes el día 4 de agosto de 2023, dictando ese mismo día la propuesta de resolución provisional de la convocatoria el Director General de Relaciones Institucionales.
Así mismo, el artículo 13 de la Orden PRI/822/2022, de 6 de junio, dispone que el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva de las ayudas, que deberá expresar las entidades beneficiarias, la valoración obtenida, el importe de la ayuda de carácter finalista aprobada, los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes.
Una vez emitida y notificada la propuesta de resolución provisional, transcurrido el plazo de 10 días en el que los solicitantes pudieran presentar las alegaciones que consideren oportunas, la Comisión de Valoración constituida al efecto, emitió nuevo informe de evaluación de las solicitudes el día 19 de octubre de 2023.
Finalizado el trámite de audiencia y examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, a la vista del expediente y del Acta de la Comisión de Valoración del día 19 de octubre de 2023, el Director General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia, elevó el día 19 de septiembre de 2023 propuesta de resolución definitiva.
De acuerdo con la Orden PRI/1189/2020, de 26 de noviembre, la resolución definitiva de la concesión de las ayudas se emitirá mediante Orden de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, acordando el pago anticipado de la totalidad del importe de las subvenciones y será notificada a los interesados y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".
Visto que las actuaciones subvencionadas se financian con cargo a las partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón 10030/G/1252/760059/32221: 1.250.000 euros, 10030/G/1252/760059/91221: 1.250.000 euros, 10030/G/1252/760059/32222: 2.500.000 euros, 10030/G/1252/760059/91222: 2.500.000 euros.
El Decreto de 11 de agosto de 2023, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, atribuye al Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, todas las competencias del anterior Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales excepto las relativas a justicia, las vinculadas a la portavocía y la política informativa del Gobierno de Aragón y las competencias en materia de coordinación y control del Fondo de Inversiones de Teruel, y mediante el Decreto 102/2023, de 12 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se incardina en la estructura departamental del Departamento de Presidencia, Interior y Cultura, como órgano directivo a la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia.
A la vista del informe fiscal favorable, de fecha 6 de noviembre de 2023, de la propuesta de Resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones por la Intervención del Gobierno de Aragón.
Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Orden PRI/822/2022, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a infraestructuras municipales en la provincia de Teruel, la Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero, por la que se convocaron subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para infraestructuras municipales de dicha provincia, y demás normas concordantes y de general aplicación, dispongo:
Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas por los Ayuntamientos que figuran en el anexo I, y estimando parcialmente la alegación presentada por el Ayuntamiento de Jabaloyas por los motivos que se exponen.
Segundo.- Estimar las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Cucalón, por los motivos que se recogen en el citado anexo I, una vez comprobada la certeza de la presentación dentro del plazo legalmente establecido, el día 15 de marzo, de la documentación relativa a la solicitud, a través del tramitador electrónico, adjuntando el correspondiente justificante de registro, junto con la documentación que requiere la convocatoria, y que también se presentó en la misma fecha, todo ello tras su valoración por parte la Comisión de Valoración.
Tercero.- Dar por desistido en su solicitud al Ayuntamiento de Celadas, a la vista de que una vez requerido mediante notificación electrónica por la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia para la presentación del certificado del cumplimiento de las obligaciones pendientes, y que acredite la ausencia de deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, y transcurrido el plazo de 15 días hábiles concedido para proceder a la subsanación, no se ha presentado documentación alguna. Todo ello en aplicación del apartado décimo párrafo 2 de la Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero, y de lo previsto en el apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2023
Cuarto.- Aprobar la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel los años 2021 y 2022 para infraestructuras municipales, Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero ("Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2023), a favor de los ayuntamientos beneficiarios de la provincia de Teruel por importe global de 7.499.929,29 euros y que figuran en el anexo II, indicando los municipios beneficiarios, el objeto de la subvención e importes concedidos, la puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en la convocatoria.
Quinto.- Desestimar las solicitudes de subvención señaladas a continuación, para los proyectos que se incluyen y por las causas detalladas:
Sexto.- Desestimar, por rebasar la cuantía máxima de crédito prevista en la PRI/162/2023, de 22 de febrero, las solicitudes de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2021 y 2022 para infraestructuras municipales de dicha provincia que se detallan a partir del número de orden 70 (incluido) en el Anexo II de la presente Orden, indicando la puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en el apartado sexto de dicha Orden.
Séptimo.- La realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención serán las inversiones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2024.
Octavo.- La presentación de todos los documentos para la justificación de la subvención deberá efectuarse antes del 30 de octubre de 2024.
Noveno.- Las actuaciones subvencionadas deberán cumplir con las obligaciones de información, difusión y publicidad que corresponden al beneficiario de la subvención, de manera que la información pública que se difunda sobre la actuación, debiendo destacar y difundir la misma mediante los soportes adecuados, incluyendo el lema «Actuación subvencionada por el Gobierno de España y el Gobierno de Aragón con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel».
Décimo.- Los beneficiarios de las subvenciones cumplirán con carácter general con las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria; en concreto las obligaciones previstas en el apartado decimoquinto y decimosexto, así como demás normativa aplicable, en especial aquella necesaria para dar cumplimiento de la finalidad objeto de la subvención.
Undécimo.- Los beneficiarios deberán cumplir, con carácter previo a obtener la condición de beneficiario, con los requisitos establecidos en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Duodécimo.- El beneficiario de la subvención deberá manifestar en su caso, la renuncia expresa a la concesión de la ayuda en el plazo de quince días hábiles. En caso contrario se entenderá que acepta todas y cada una de las condiciones expresadas en la resolución de concesión de la ayuda.
Decimotercero.- Autorizar el pago anticipado de la totalidad del importe de las subvenciones concedidas, conforme a lo establecido en el punto decimocuarto de la Orden PRI/162/2023, de 22 de febrero, relativa a la convocatoria de subvenciones.
Decimocuarto.- Notificar la presente Orden a los interesados y publicar la misma en el "Boletín Oficial de Aragón".
Decimoquinto.- Advertir a los interesados que contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, o bien contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 8 de noviembre de 2023.
La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura,
TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN