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ORDEN ECD/759/2025, de 25 de junio, por la que se amplía el crédito presupuestario establecido en la Orden ECU/613/2024, de 5 de junio, por la que se convocan becas para la utilización del servicio del comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el período estival no lectivo para el curso 2024/2025.

Publicado el 07/07/2025 (Nº 128)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECU/613/2024, de 5 de junio, se convocan becas para la utilización del servicio del comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y las becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el período estival no lectivo para el curso 2024/2025. Dicha Orden fue publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón https://educa.aragon.es

En el apartado segundo de la citada Orden se establece que:

1. El presupuesto destinado para la convocatoria de estas becas para el curso escolar 2024/2025 es de once millones ochocientos cincuenta seis mil euros (11.856.000,00 euros) y comprenderá:

Ayudas dinerarias, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, del año 2025, por un importe máximo de 5.406.000 euros, con cargo a la siguiente partida presupuestaria: Partida presupuestaria: 18110/G/4232/480397/91002.

Año 2024: 0,00.

Año 2025: 5.406.000.

Total euros: 5.406.000.

Ayudas en especie, por un importe de 6.450.000 euros, mediante el uso del servicio de comedor escolar de manera gratuita, que se financia con cargo al capítulo segundo del presupuesto, a través de un contrato de servicios. El precio del comedor escolar está fijado en 860 euros/curso, por lo que se podrán conceder un máximo de 7.500 ayudas en especie de curso completo.

Dicha convocatoria tendrá la consideración de gasto plurianual en virtud de las previsiones del artículo 38.2.f) del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, al concederse las ayudas en el ejercicio 2024 e imputarse las obligaciones derivadas de la misma en el ejercicio 2025. Asimismo, de acuerdo con el artículo 39.6 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, el gasto que se autoriza queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio siguiente.

Para el curso escolar 2024/2025, el número de personas beneficiarias de la convocatoria de becas que facilitan la utilización del servicio de comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y las becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el periodo estival no lectivo, de acuerdo con la convocatoria realizada por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte de 5 de junio de 2024, asciende según la Resolución, de 18 de septiembre de 2024, de la Directora General de Política Educativa, Ordenación Académica y Educación Permanente por la que se modifica la Resolución, de 27 de agosto de 2024, por la que se dicta propuesta de resolución definitiva de la convocatoria de becas que faciliten la utilización del servicio de comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y las becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el periodo estival no lectivo para el curso 2024/2025 a 11.526 personas beneficiarias.

Una vez analizados los datos de las personas beneficiaras de la convocatoria, podemos extraer la siguiente información necesaria para la resolución de la convocatoria:

Comedor estival

11.525

180,00 euros

2.074.500 euros

Comedor en centros concertados

3.015

860 euros

2.592.900 euros

Comedor en centros públicos sin comedor

1.048

720 euros

754.560 euros

Total

5.421.960 euros

Superando en 15.960 euros el importe máximo establecido en la convocatoria.

Dicho crédito, de cinco millones cuatrocientos seis mil euros (5.406.000,00 €)que se ejecutará con cargo a a la partida presupuestaria 18110/G/4232/480397/91002 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, se amplía en quince mil novecientos sesenta euros (1560,00 €) que se ejecutará cocon rgo a a la mencionada partida de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, ascendiendo, por tanto, el crédito destinado a la convocatoria para atender los gastos de las becas para la utilización del servicio del comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el período estival no lectivo para el curso 2024/2025, a cinco millones cuatrocientos veintiún mil novecientos sesenta euros (5.421.960,00 €) de acuerdo coel siguiente dedesglose: Ejercicio 2024: 0 euros, Ejercicio 2025: 5.421.960,00 euros.

En virtud de todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 225/2024, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y en cumplimiento de la Orden ECU/613/2024, de 5 junio, por la que se convocan ayudas para atender los gastos de las becas para la utilización del servicio del comedor escolar por parte del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y becas de comedor que complementan las becas de comedor escolar durante el período estival no lectivo para el curso 2024/2025, resuelvo:

Primero.- Ampliar el crédito presupuestario establecido para la convocatoria de las citadas ayudas de becas de comedor para el curso 2024/2025, efectuada mediante Orden ECU/613/2024, de 5 de junio de 2024, en quince mil novecientos sesenta euros (15.960,00 €) que se ejecutarán con car a a la partida presupuestaria 18110/G/4232/480397/91002 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2025.

Segundo.- Aprobar el compromiso de gasto derivado de esta ampliación con cargo a la aplicación presupuestaria 18110/G/4232/480397/91002 PEP 2014/000359 del vigente presupuesto prorrogado de 2024.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón". La presente Orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 25 de junio de 2025.