ORDEN de 18 de febrero de 2004, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2004 de varias ayudas par el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
ORDEN de 18 de febrero de 2004, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2004 de varias ayudas par el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Decreto 24/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, regula la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las líneas de subvención contenidas en el mismo pretende potenciar la colaboración con aquellas personas o entidades, que desde diferentes ámbitos promueven actividades y servicios cuyo objetivo es la mejora de las condiciones medioambientales de esta Comunidad Autónoma.
El artículo 3º del mencionado Decreto dispone que las ayudas comprendidas en el mismo se otorgarán previa convocatoria anual mediante Orden del Consejero de Medio Ambiente en la que, conforme a las bases reguladoras y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, se fijará el plazo y lugar de presentación de las solicitudes. Dando cumplimiento de lo establecido en el mencionado artículo se establecen las bases a que estará sujeta la convocatoria correspondiente a 2004.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1.-Objeto.
La presente Orden tiene por objeto, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 24/2004, del Gobierno de Aragón, efectuar la convocatoria correspondiente al año 2004 para el otorgamiento de las ayudas dirigidas al desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón a las que se refiere el artículo 4, puntos 3, 4, 5 apartados 2) y 3), 6 y 7 del mencionado Decreto.
Artículo 2.-Presentación de solicitudes.
1.-El plazo de presentación de solicitudes terminará el 25 de marzo de 2004.
2.-Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de la Diputación General de Aragón sito en el Edificio Pignatelli de Zaragoza, (paseo María Agustín, 36), las Delegaciones Territoriales de Huesca (plaza Cervantes, 1) y de Teruel (calle General Pizarro, 1), o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Zaragoza a 18 de febrero de 2004.
El Consejero de Medio Ambiente, ALFREDO BONE PUEYO