ORDEN de 14 de marzo de 2002 del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, por la que se anulan, en las condiciones que se citan, diversos artículos de la Orden de 7 de enero de 2002 del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo que convoca elecciones para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza, en lo que se refiere al Grupo 8º «Edificación y Obras» para el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de la provincia de Huesca.
ORDEN de 14 de marzo de 2002 del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, por la que se anulan, en las condiciones que se citan, diversos artículos de la Orden de 7 de enero de 2002 del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo que convoca elecciones para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza, en lo que se refiere al Grupo 8º «Edificación y Obras» para el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de la provincia de Huesca.
La Ley 3/1993, de 22 de marzo de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Navegación de España, en su artículo 7.1.a) y el Real Decreto 816/1990, de 22 de junio, en su artículo 21.6 prevé un mandato cuatrienal de los órganos de gobierno de las Cámaras.
La Orden de 7 de enero de 2002 del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, convocaba elecciones para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza (BOA nº 5 del día 11 de enero de 2002).
La Junta Electoral provincial de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Huesca, terminado el periodo de presentación de candidaturas, en sesión de 6 de febrero se reúne y proclama las candidaturas, desestimando alguna. De dicha resolución se dio traslado a los candidatos afectados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 bis 5, del Real Decreto 816/1990, de 22 de junio, por el que se modifica el capítulo III del Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España, que regula el sistema electoral de esas Corporaciones, para interponer recurso de alzada ante la Diputación General de Aragón, dándoles un mes de plazo.
Se presentó en forma y plazo recurso ante la Diputación General de Aragón, por una de las empresas candidatas dentro del Grupo 8ª «Edificación y obras públicas», candidatura que fue desestimada por la Junta Electoral. Dicho recurso ha sido resuelta a la mayor urgencia posible por el Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo de la Diputación General de Aragón, en el sentido de estimarlo, condicionado al cumplimiento de la subsanación de los defectos formales que dieron lugar a la desestimación de la Junta. Los cuales han sido subsanados tal como se determina en la Resolución de 14 de marzo de 2002 de la citada Junta Electoral Provincial de Huesca.
Para garantizar la transparencia y objetividad en el proceso electoral y el cumplimiento de todos los derechos de los electores al Grupo 8º «Edificación y obras públicas» al Pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Huesca, se estima necesario anular en las condiciones que se exponen la convocatoria para dicho Grupo en la provincia de Huesca. En breve plazo se convocará nueva fecha de elecciones así como las condiciones de las mismas para el citado Grupo de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Huesca.
En virtud de lo anteriormente expuesto, dispongo:
Artículo único.-Anular el artículo cuarto, en lo que se refiere a la fecha de realización de las elecciones y el artículo noveno, en lo que se refiere a los periodos de solicitud, de emisión, de admisión y las condiciones de los votos por correo, de la Orden de 7 de enero de 2002 del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo que convoca elecciones para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Huesca, Teruel y Zaragoza, y ello en lo que se refiere al Pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Huesca, en lo relativo al Grupo 8º «Edificación y Obras».
Disposición final.-La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Zaragoza, 14 de marzo de 2002.
El Consejero de Industria, Comercio
y Desarrollo, p. d., la Secretaria General Técnica, p. s., el Director General de Industria y Comercio, JAVIER NAVARRO ESPADA