RESOLUCION de 23 de enero de 2002, de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, sobre autorización administrativa a la Asociación Nacional de Acogida Infantil «ANDAI» para realizar tareas de mediación en adopciones internacionales en la República de Bulgaria.
RESOLUCION de 23 de enero de 2002, de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, sobre autorización administrativa a la Asociación Nacional de Acogida Infantil «ANDAI» para realizar tareas de mediación en adopciones internacionales en la República de Bulgaria.
Vista la solicitud presentada por la Asociación Nacional de Acogida Infantil «ANDAI», que tuvo entrada con fecha 5 de septiembre de 2001, relativa a la habilitación como Entidad Colaboradora de Adopción Internacional en la República de Bulgaria.
Resultando que la Asociación Nacional de Acogida Infantil «ANDAI» figura inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el nº 161858 y en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales.
Considerando que la Asociación Nacional de Acogida Infantil «ANDAI» reúne los requisitos que para la habilitación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional se recogen en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el Decreto 16/1997, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la habilitación de Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional y en la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón.
Vistas la Ley 4/1996, de 22 de mayo, del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, el Decreto 113/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Decreto 79/1995, de 18 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la declaración de desamparo y los instrumentos de protección legalmente previstos, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 16/1997, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la habilitación de Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional y la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón.
Esta Dirección Gerencia ha resuelto:
Primero. Conceder a la Asociación Nacional de Acogida Infantil «ANDAI» la habilitación como Entidad Colaboradora de Adopción Internacional para actuar en la República de Bulgaria realizando las funciones de mediación en adopciones internacionales de menores procedentes de este país, todo ello en los términos previstos en la legislación aplicable.
Segundo. Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» de la presente Resolución y dar traslado de la misma al Ministerio Fiscal en cumplimiento del art. 94. 4 de la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón.
Tercero. Inscribir en el Registro de Instituciones Colaboradoras del Instituto Aragonés de Servicios Sociales la concesión de la habilitación descrita.
Cuarto. Dar traslado de la Resolución al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para su conocimiento y registro.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Consejero de Salud, Consumo y Servicios Sociales, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Zaragoza, 23 de enero de 2002.
El Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, MANUEL GARCIA ENCABO