ORDEN HAP/2171/2017, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAP/2072/2017, de 20 de diciembre, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Educadores.
Por Orden HAP/2072/2017, de 20 de diciembre, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Educadores, con expresión del primer destino adjudicado, con carácter de destino provisional.
Uno de los puestos ofrecidos, concretamente el número de RPT 10804, no podía ser ofrecido para su adjudicación en destino provisional, dado que no cumplía los requisitos exigidos.
Por ello, advertido error en el puesto adjudicado en destino provisional a D.ª María Eugenia Portaña Abadía, con número de RPT 10804, este Departamento dispone,
Primero.- Modificar el anexo de la Orden HAP/2072/2017, de 20 de diciembre, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Educadores, en los siguientes términos:
Segundo.- La presente modificación surtirá efectos con la misma fecha que la Orden HAP/2072/2017, de 20 de diciembre, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Educadores.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.
También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Zaragoza, 22 de diciembre de 2017.
El Consejero de Hacienda y Administración Pública, FERNANDO GIMENO MARÍN