Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2011, de la Dirección General de Gestión de Personal, por la que se elevan a definitivas las adjudicaciones provisionales de puestos ofertados en el concurso de traslados para funcionarios docentes pertenecientes al Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de esta Dirección General de 8 de noviembre de 2010 (BOA del 22 de noviembre).

Publicado el 02/06/2011 (Nº 107)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en la norma vigesimotercera de la Resolución de 8 de noviembre de 2010 («Boletín Oficial de Aragón» del 22/11), por la que se anuncia convocatoria de concurso de traslados de ámbito estatal para la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Maestros, vacantes en Centros Públicos docentes dependientes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón, y una vez transcurrido el plazo concedido para alegaciones a la adjudicación provisional y para desistir de la participación en el concurso y/o procesos previos al mismo, establecido en la Resolución de 31 de marzo de 2011, por la que se ordena la exposición de la adjudicación provisional de destinos de la citada convocatoria, esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en el Decreto 18/2009, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación Cultura y Deporte, en el que se le atribuye las competencias en materia de personal, ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitivas las vacantes anunciadas con carácter provisional por la Resolución de fecha 31 de marzo pasado, una vez incorporadas las modificaciones que se indican en el anexo I de esta Resolución, en el que se publican los centros que por distintos motivos han experimentado modificaciones en el número de puestos vacantes.

Segundo.-Elevar a definitivas las adjudicaciones provisionales del concurso de traslados y procesos previos realizadas por Resolución de la Dirección General de Gestión de Personal de fecha 31 de marzo de 2011, en la forma que se expresa en el anexo II, en el que se insertan los destinos definitivos otorgados a los participantes.

En dichas adjudicaciones se han tenido en cuenta las rectificaciones motivadas por la estimación de reclamaciones a la resolución provisional que figuran en el anexo III, así como los desistimientos de participación en el concurso de traslados, de los maestros relacionados en el anexo IV.

En todas las convocatorias se han adjudicado las vacantes que han resultado de la resolución de todas ellas, siempre que se hayan correspondido con puestos de trabajo que se encuentren previstos en la planificación escolar o no se encuentren afectados por algún proyecto educativo.

Tercero.-Dar publicidad a las alegaciones interpuestas contra las adjudicaciones provisionales con la resolución recaída en ellos en el anexo III, en el que constan por orden alfabético los Maestros afectados y la estimación o desestimación de sus reclamaciones.

Cuarto.-Dar publicidad a los desistimientos admitidos a la participación en el concurso y/o procesos previos al mismo, que figuran en el anexo IV, causando baja en las correspondientes convocatorias. Igualmente se publican los desistimientos no admitidos que figuran en el anexo V.

Quinto.-Declarar definitivamente excluidos de la participación en los citados concursos de traslados a los participantes que figuran en el anexo VI, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.

Sexto.-Posesión y cese.-Los destinos adjudicados por esta Resolución, de conformidad con lo que dispone el artículo 34 del R.D. 895/1989, de 14 de julio y en la base trigésima octava de la convocatoria, son irrenunciables.

La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2011 y el cese en el de procedencia el último día de agosto.

Las diligencias de cese y toma de posesión serán expedidas por los Directores de los Servicios Provinciales correspondientes, expresándose en la toma de posesión por cual de las convocatorias, que por la presente se resuelven, se accede al nuevo puesto.

Séptimo.-Anulación de destinos.-Quedan sin efecto los destinos adjudicados a Maestros cuando, tras la publicación de la presente Resolución se verifique que no cumplen los requisitos exigidos para la participación o no tengan los méritos suficientes para obtener el puesto, así como los erróneamente adjudicados, sin que el hecho de aparecer en el anexo correspondiente de esta Resolución, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de las convocatorias.

Octavo.-En los casos en que en las presentes convocatorias se hubiesen provisto vacantes o resultas indebidas, a los Maestros afectados se les considerará como procedentes de puesto suprimido, siéndoles de aplicación cuantos preceptos de los Reales Decretos 2112/1998 de 2 de octubre, y 895/1989 de 14 de julio, aludan a los Maestros que se encuentran en tal situación.

Noveno.-Los Maestros procedentes de la situación de excedencia voluntaria, que por el presente concurso obtengan destino definitivo y por cualquier causa no tomen posesión del mismo, continuarán en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, no pudiendo volver a solicitar el reingreso hasta transcurridos dos años desde el 1 de septiembre de 2011.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en los plazos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

CARLOS IGLESIAS ESTAUN