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ORDEN de 29 de julio 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la «Iglesia de San Salvador» en Urrea de Jalón (Zaragoza).

Publicado el 16/08/2002 (Nº 97)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO

Texto completo:

ORDEN de 29 de julio 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la «Iglesia de San Salvador» en Urrea de Jalón (Zaragoza).

El artículo 2 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés establece que dicho Patrimonio está integrado por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo la superficie de las aguas.

Los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Se denominarán Bienes Catalogados y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés, aquéllos que, pese a su significación e importancia no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural.

Por Resolución de 27 de junio de 2000 de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón se incoó expediente para la declaración como Bien Catalogado, a favor de la «Iglesia de San Salvador» en Urrea de Jalón (Zaragoza). Dicha Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 29 de junio de 2000.

El expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose la apertura de un periodo de información pública en el que no se hicieron alegaciones.

Igualmente se concedió un trámite de audiencia a los interesados en el que tampoco se hicieron alegaciones.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, el Consejero de Cultura y Turismo, dispone:

Primero.-Objeto.

Es objeto de la presente Orden declarar Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la «Iglesia de San Salvador» en Urrea de Jalón (Zaragoza).

La descripción y delimitación concreta del citado Bien y de su entorno se recogen en los Anexos I y II de esta Orden.

Segundo.-Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable a la «Iglesia de San Salvador» en Urrea de Jalón (Zaragoza) y a su entorno es el previsto en el Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Tercero.-Publicidad.

La presente Orden será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará a los propietarios del Bien y al Ayuntamiento de Urrea de Jalón..

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso potestativo de Reposición ante el Consejero de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

Zaragoza, 29 de julio de 2002.

El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO

ANEXO I. DESCRIPCION DEL BIEN.

Construida durante la segunda mitad del siglo XVI, levantada sobre una planta de nave única de dos tramos y ábside poligonal de cinco lados, y cubierta con bóveda de crucería estrellada, la iglesia parroquial de San Salvador se adscribe a la tipología gótica que cristaliza a finales del siglo XIII y que representa la fuerte personalidad tipológica y estructural del mudéjar religioso aragonés. Adosada a los pies del muro sur, la torre fue recrecida a finales del siglo XVIII, mientras que la nave se amplió en el siglo XVII con la construcción de las capillas de San Sebastián y del Santo Cristo, decoradas con yeserías de lazo de tradición mudéjar.

De la primitiva iglesia mudéjar se conserva la decoración en ladrillo resaltado del hastial de los pies, recorrido por una faja de cruces de múltiples brazos formando rombos sobre la que corre un friso de esquinillas, todo ello motivos de época tardía. Una imposta de ménsulas en ladrillo y varias fajas de esquinillas superpuestas constituyen la cornisa de la nave, que prolonga su decoración en el cuerpo inferior de la torre. Este, de planta cuadrada y estructura de alminar almohade posee machón central hueco; en torno a éste se dispuso la escalera cerrada con bóvedas de cañón rampante hechas a cimbra, sistema generalizado a partir de mediados del siglo XVI. En el exterior los paramentos prolongan la decoración que existe en el hastial occidental, hasta la imposta de ménsulas; sobre ella, el cuerpo inferior de la torre se sobreeleva ligeramente por encima del buque de la iglesia mediante un pequeño cuerpo cuadrado, que presenta un friso de esquinillas, una banda de decoración en zig-zag y un nuevo paño con cruces de múltiples brazos formando rombos.

La delimitación gráfica del bien y de su entorno se detallan en el Plano que se adjunta como Anexo II de esta Orden.

ANEXO II. DELIMITACION DE LA «IGLESIA DE SAN SALVADOR» EN URREA DE JALON (ZARAGOZA) Y DE SU ENTORNO.