Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2022, del Director General de Desarrollo Rural, de ampliación de la dotación del Programa 4, en la Convocatoria publicada por la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a Inversiones en Sistemas de Gestión de Estiércoles en Ganadería (Programa 1), en Transformación Integral y Modernización de Invernaderos (Programa 2), en Eficiencia Energética y Energías Renovables (Programa 3) y en la aplicación de Agricultura y Ganadería de Precisión y Tecnologías 4.0 en el Sector Agrícola y Ganadero (Programa 4), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 29/12/2022 (Nº 250)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 82, de 29 de abril de 2022, se publicó la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (Programa 1), en transformación integral y modernización de invernaderos (Programa 2), en eficiencia energética y energías renovables (Programa 3) y en la aplicación de agricultura y ganadería de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero (Programa 4), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Al respecto de las dotaciones presupuestarias de dicha convocatoria, su apartado décimo prevé para el Programa 1, una cuantía disponible para la convocatoria de 2.314.919,74 euros; el apartado décimo cuarto prevé para el Programa 2 una cuantía disponible de 65.383,64 euros; el apartado décimo noveno prevé para el Programa 3, 658.601,16 euros y el apartado vigésimo segundo en relación con el Programa 4, una cuantía disponible de 2.475.338,88 euros.

En base a las solicitudes recibidas en cada uno de los programas, la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural coordinada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado una nueva territorialización de fondos para cada Comunidad Autónoma en este año 2022, correspondiendo al Programa 4 de Aragón un importe adicional de 11.178.858,08 euros. Montante que procede a incorporar ahora a la convocatoria en aplicación de lo previsto en el punto 2 del apartado vigésimo segundo de la referida Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, que establece que la cuantía de la subvención podrá ampliarse sin necesidad de nueva convocatoria en los supuestos previstos en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, condicionado a la previa declaración de disponibilidad del crédito, mediante Resolución del Director General de Desarrollo Rural que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

En virtud de todo lo anterior, y de acuerdo con la competencia que me confiere el artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, en relación con el Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, resuelvo:

Primero.- Declarar la disponibilidad de crédito adicional para el programa 4 de la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, incrementándolo en once millones ciento setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho euros con ocho céntimos (11.178.858,08 €).

Segundo.- La disponibilidad final de crédito disponible para el referido programa 4 de la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, sumando el crédito adicional y aquellos montantes ya convocados, asciende a trece millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento noventa y seis euros con noventa y seis céntimos (13.654.196,96 €).

Contra la presente Resolución, cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de diciembre de 2022. El Director G

eneral de Desarrollo Rural,

JESÚS NOGUÉS NAVARRO