RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2022, del Director General de Desarrollo Rural, de ampliación de la dotación del Programa 4, en la Convocatoria publicada por la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a Inversiones en Sistemas de Gestión de Estiércoles en Ganadería (Programa 1), en Transformación Integral y Modernización de Invernaderos (Programa 2), en Eficiencia Energética y Energías Renovables (Programa 3) y en la aplicación de Agricultura y Ganadería de Precisión y Tecnologías 4.0 en el Sector Agrícola y Ganadero (Programa 4), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En el "Boletín Oficial de Aragón", número 82, de 29 de abril de 2022, se publicó la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, por la que se convocan subvenciones destinadas a inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (Programa 1), en transformación integral y modernización de invernaderos (Programa 2), en eficiencia energética y energías renovables (Programa 3) y en la aplicación de agricultura y ganadería de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero (Programa 4), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Al respecto de las dotaciones presupuestarias de dicha convocatoria, su apartado décimo prevé para el Programa 1, una cuantía disponible para la convocatoria de 2.314.919,74 euros; el apartado décimo cuarto prevé para el Programa 2 una cuantía disponible de 65.383,64 euros; el apartado décimo noveno prevé para el Programa 3, 658.601,16 euros y el apartado vigésimo segundo en relación con el Programa 4, una cuantía disponible de 2.475.338,88 euros.
En base a las solicitudes recibidas en cada uno de los programas, la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural coordinada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado una nueva territorialización de fondos para cada Comunidad Autónoma en este año 2022, correspondiendo al Programa 4 de Aragón un importe adicional de 11.178.858,08 euros. Montante que procede a incorporar ahora a la convocatoria en aplicación de lo previsto en el punto 2 del apartado vigésimo segundo de la referida Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, que establece que la cuantía de la subvención podrá ampliarse sin necesidad de nueva convocatoria en los supuestos previstos en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, condicionado a la previa declaración de disponibilidad del crédito, mediante Resolución del Director General de Desarrollo Rural que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
En virtud de todo lo anterior, y de acuerdo con la competencia que me confiere el artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, en relación con el Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, resuelvo:
Primero.- Declarar la disponibilidad de crédito adicional para el programa 4 de la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, incrementándolo en once millones ciento setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho euros con ocho céntimos (11.178.858,08 €).
Segundo.- La disponibilidad final de crédito disponible para el referido programa 4 de la Orden AGM/529/2022, de 21 de abril, sumando el crédito adicional y aquellos montantes ya convocados, asciende a trece millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento noventa y seis euros con noventa y seis céntimos (13.654.196,96 €).
Contra la presente Resolución, cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58.3 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 20 de diciembre de 2022. El Director G
eneral de Desarrollo Rural,
JESÚS NOGUÉS NAVARRO