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RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2022, de la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, de concesión de ayudas al alquiler de vivienda para el año 2021, correspondientes a la provincia de Teruel, en el marco de la Orden VMV/1078/2021, de 1 de septiembre.

Publicado el 29/12/2022 (Nº 250)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Vistas las solicitudes presentadas para la de concesión de ayudas al alquiler de vivienda en la provincia de Teruel y atendiendo a los siguientes:

Antecedentes

Primero.- El 7 de septiembre de 2021, fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 186, la Orden VMV/1078/2021, de 1 de septiembre, por la que se convocan ayudas al alquiler de vivienda para el año 2021.

El plazo de presentación de solicitudes comenzó el día 8 de septiembre de 2021 y finalizó el 8 de octubre de 2021.

Segundo.- Examinadas las solicitudes presentadas y revisada la documentación aportada, se efectuaron los oportunos requerimientos a aquellas solicitudes que estaban incompletas mediante anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", número 139, de 19 de julio de 2022.

Transcurrido el plazo que se otorgó para la subsanación, se dictó Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se tienen por desistidas y se archivan aquellas solicitudes que no aportaron la documentación solicitada.

Tercero.- Siguiendo lo establecido en el artículo 18 de la Orden VMV/1078/2021, el 5 de octubre de 2022 y el 21 de octubre del mismo año, se reunió la comisión de valoración de la provincia de Teruel para examinar aquellas solicitudes que cumplían todos los requisitos.

En la concesión de las ayudas se han tenido en cuenta los criterios de otorgamiento indicados en el artículo 22 de la Orden VMV/1078/2021, de 1 de septiembre, en donde se combinan los ingresos de la unidad de convivencia, la situación personal y el lugar en el que radica la vivienda objeto de arrendamiento.

Cuarto.- El artículo 27 de la Orden de convocatoria indica el crédito presupuestario de la ayuda y la distribución por provincias, asignando a la provincia de Teruel un importe de 600.000 euros. La suma del importe de la ayuda de todas las solicitudes completas de la provincia de Teruel asciende a 435.566,37 euros.

Quinto.- El 7 de octubre de 2022, la Subdirectora de Vivienda de Teruel formuló propuesta de resolución de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

Primero.- La competencia para resolver la convocatoria de las ayudas viene atribuida a la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Orden VMV/1078/2021, de 1 de septiembre.

Segundo.- El artículo 19 de la Orden de convocatoria de la ayuda, así como el artículo 22 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, señalan que el órgano instructor, a la vista del contenido del expediente y del informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución.

Los criterios de valoración que fundamentaron la actuación de la comisión de valoración son los establecidos en el artículo 22 de la Orden VMV/1078/2021, de 1 de septiembre.

Tercero.- Tras efectuar la valoración y calcular el importe de subvención que corresponde a cada solicitud, se comprueba que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Orden VMV/1078/2021, de 1 de septiembre, existe crédito presupuestario para todas las solicitudes.

A la vista de todo lo expuesto, la Directora General de Vivienda y Rehabilitación resuelve:

Primero.- Conceder la ayuda al alquiler de vivienda a las 398 solicitudes que se señalan en el anexo I, por los importes ahí detallados, que ascienden a un total de 435.566,37 euros.

Segundo.- Denegar la ayuda a las 52 personas solicitantes que se detallan en el anexo II por los motivos ahí expresados, al incumplir alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, que es el competente para su resolución, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación de acuerdo con el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Zaragoza,

20 de diciembre de 2022.

La Directora General de Vivienda y Rehabilitación,

VERÓNICA VILLAGRASA DOLSA