ORDEN de 31 de julio de 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se convoca el premio poesía «Miguel Labordeta 2002».
ORDEN de 31 de julio de 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se convoca el premio poesía «Miguel Labordeta 2002».
Por Decreto 253/2001, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, se regulan los premios a la creación literaria (Boletín Oficial de Aragón núm. 132, de 9 de noviembre).
Por Decreto 235/2002, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, se modifica el Decreto 253/2001, instituyéndose el Premio «Miguel Labordeta», dirigido a estimular la creación literaria en castellano en el género de la poesía.
El artículo 4º dispone que este premio literario tendrá periodicidad anual, y que será convocado por el Departamento competente en materia de cultura, por lo que, en su virtud, dispongo:
Primero.-Se convoca el premio de poesía «Miguel Labordeta 2002» de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 253/2001, de 23 de octubre y Decreto 235/2002, de 11 de julio, por el que se regulan los premios a la creación literaria, con sujeción a las bases incluidas en esta convocatoria.
Segundo.-La dotación económica del premio «Miguel Labordeta 2002» será de 6.010 Euros a satisfacer con cargo al presupuesto del Departamento de Cultura y Turismo.
Zaragoza, 31 de julio de 2002.
El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO
BASES DEL PREMIO «MIGUEL LABORDETA 2002».
Primera.-Objeto del premio.
El objeto de la presente convocatoria es premiar una obra de creación literaria en castellano, en el género de la poesía.
Segunda.-Requisitos de participación.
Podrán concurrir al premio «Miguel Labordeta 2002» todas aquellas obras que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser originales e inéditas y estar escritas en castellano.
b) Tener una extensión mínima de 500 versos en el formato indicado en la base cuarta de esta convocatoria.
El tema de las obras será libre, al igual que la métrica y forma de composición.
Tercera.-Dotación del premio.
La dotación del premio de poesía «Miguel Labordeta 2002» consistirá en la cantidad en metálico, indivisible, de 6.010 Euros, incluidos los gravámenes fiscales y en la edición de la obra premiada, bien directamente, bien en coedición con editoriales privadas, sin que esta primera edición devengue derechos de autor.
Cuarta.-Forma de presentación.
Los originales se presentarán:
-Por sextuplicado, en ejemplares separados, tamaño DIN A-4, paginados, mecanografiados a doble espacio y por una sola cara.
-Grapados, cosidos o encuadernados.
-Bajo lema y seudónimo, y acompañados de plica, en la que se hará constar el nombre, apellidos, domicilio, teléfono y firma del autor.
Quinta.-Lugar de presentación.
Los originales podrán presentarse en los Registro de la Diputación General de Aragón ubicados en Zaragoza, Pº Mª Agustín, 36, Pza. de San Pedro Nolasco, 7 y Pza. de los Sitios, 7; en Huesca, Pza. Cervantes, 1; en Teruel, C/General Pizarro, 1; y en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Calatayud, Jaca, Alcañiz, Tarazona y Ejea de los Caballeros; o bien por cualesquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Irán acompañados de escrito dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón.
Sexta.-Plazo de presentación.
El plazo de presentación de originales finalizará a las 14 horas del día 16 de septiembre de 2002.
Séptima.-Jurado.
Las obras presentadas al premio «Miguel Labordeta 2002» serán examinadas por un Jurado constituido al efecto, que estará presidido por el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Turismo, e integrado por el Director General de Acción Cultural y cinco vocales designados por aquel entre personas de reconocido prestigio en la materia objeto del premio. La composición del Jurado se publicará en el B.O.A. mediante Orden del Consejero de Cultura y Turismo. Será Secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el Jefe del Servicio del Libro y las Bibliotecas.
El Jurado acordará una propuesta de concesión del premio «Miguel Labordeta 2002» que será elevada para su aprobación al Gobierno de Aragón.
La propuesta será decidida por el Jurado por mayoría de votos de sus miembros, no pudiendo realizarse «ex aequo» pero sí declararse desierta.
Las decisiones del Jurado serán inapelables.
Octava.-Otorgamiento del Premio.
El premio «Miguel Labordeta 2002» se otorgará mediante Decreto del Gobierno de Aragón, conforme a la propuesta elevada por el Jurado.
Novena.-Entrega del Premio.
La entrega del premio tendrá lugar el día 8 de enero de 2003, dentro de los actos de celebración del «Día de las Letras Aragonesas», instituido por Decreto 254/2001, de 23 de octubre del Gobierno de Aragón.
Décima.-Devolución de originales.
Las obras no premiadas podrán ser retiradas en el Servicio del Libro y las Bibliotecas (Pº Mª Agustín, 36, 1ª planta, de Zaragoza), previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados tres meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.
Undécima.-Aceptación de las bases.
La presentación de originales supone la aceptación expresa y formal de estas bases.
Todas las incidencias no previstas en estas bases serán resueltas, de forma inapelable, por el Jurado.