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RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2015, del Director General de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se anuncia convocatoria para la adjudicación de vacantes a funcionarios de carrera y para la provisión en régimen de interinidad durante el curso escolar 2015/2016, de puestos de trabajo en los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Publicado el 25/06/2015 (Nº 120)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El inicio del curso escolar precisa la ordenación de los puestos de trabajo que han de ocupar los funcionarios que han resultado desplazados por falta de horario, o por sentencia o resolución no poseen plaza definitiva, los procedentes del exterior, de la inspección de educación y de la administración educativa, los funcionarios a los que se ha concedido comisión de servicio por el Decreto 20/2000, de 18 de enero, aquellos que, de acuerdo con los resultados del concurso de traslados 2014/2015, no han obtenido destino definitivo, los reingresados por resolución y los que hayan participado en la convocatoria de comisión de servicios de fecha 27 de marzo de 2015.

Asimismo, existen puestos vacantes en los centros docentes dependientes de este Departamento para los que es preciso su cobertura en régimen de interinidad durante el próximo curso escolar 2015/2016, de conformidad con el Decreto 51/2014, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón.

A los efectos de garantizar una correcta atención educativa, esta Dirección General en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, modificado por Decreto 178/2012, de 17 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, ha resuelto anunciar convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes para el curso 2015/2016, conforme a las siguientes bases:

CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS PARA FUNCIONARIOS DE CARRERA

Primera.- Funcionarios convocados.

Se convoca a los siguientes colectivos de funcionarios docentes:

1. Funcionarios desplazados y funcionarios sin plaza por supresión de ésta, por sentencia o resolución.

2. Funcionarios procedentes del exterior, de la inspección de educación, de la administración educativa o de excedencia por maternidad.

3. Funcionarios a los que se haya concedido comisión de servicio por el Decreto 20/2000, de 18 de enero (comisiones humanitarias) para el curso 2015/2016.

4. Funcionarios sin destino definitivo de acuerdo con los resultados del concurso de traslados 2014/2015 (provisionales).

5. Funcionarios reingresados por resolución de la Dirección General de Gestión de Personal anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.

6. Funcionarios de carrera que hayan participado en la convocatoria de comisión de servicios de fecha 27 de marzo de 2015 (concursillo).

7. Funcionarios en prácticas. De forma específica los correspondientes al procedimiento selectivo convocado por Orden 11 de marzo de 2015, del Departamento de Educación. Universidad, Cultura y Deporte.

La Dirección General de Gestión de Personal hará públicos los listados, con indicación de nombre y apellidos, en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página web http://www.educaragon.org del Departamento, el día 30 de julio de 2015 excepto el listado de profesores desplazados que será expuesto no más tarde del día 18 de agosto de 2015.

Segunda.- Vacantes.

Las vacantes se harán públicas en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, así como en la página web del Departamento http://www.educaragon.org para funcionarios de carrera el día 19 de agosto de 2015 y para funcionarios en prácticas, de forma específica para los aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo convocado por Orden de 11 de marzo de 2015, el día 25 de agosto de 2015.

Cada vacante estará identificada con un código, que el interesado deberá indicar en la solicitud, por orden de preferencia.

Será imprescindible consignar todas las vacantes a las que se aspire, con el código individual asignado, aun cuando existan varias de idéntico contenido en un mismo centro.

Los códigos de los puestos que se consignen serán determinantes. Cuando resulten ilegibles, estén incompletos o erróneos, se considerarán no incluidos en la petición.

Con carácter previo a la resolución definitiva podrán ser anuladas aquellas vacantes anunciadas, que con posterioridad a su oferta fuera inviable su cobertura en los términos publicados o no fuera necesaria su provisión.

Tercera.- Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para funcionarios de carrera comenzará el día 19 de agosto, finalizando a las 14 horas del día 20 de agosto de 2015. El plazo de presentación de solicitudes para los funcionarios en prácticas de forma específica para los aspirantes que hayan superado el procediendo selectivo convocado por Orden de 11 de marzo de 2015, y deban realizar el periodo de prácticas, se iniciará el día 25 de agosto de 2015 finalizando a las 14 horas del día 26 de agosto de 2015.

Las solicitudes serán presentadas personalmente por el interesado o persona autorizada, debiendo éste acreditarse mediante exhibición de D.N.I y se presentarán en el Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, número 20), de Huesca (Plaza Cervantes, número 1), de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, número 3).

Únicamente se admitirá una solicitud por participante, en el caso de presentarse más de una solicitud, se considerará como válida la que se hubiere registrado en último lugar. En ningún caso se admitirán solicitudes complementarias a otra ya presentada.

Cuarta.- Procedimiento de petición.

Los funcionarios convocados efectuarán la petición de vacantes mediante procedimiento escrito. A tal efecto cumplimentarán la solicitud a través de la página web del Departamento http://www.educaragon.org, pestaña "Gestión de Personal", apartado "Inicio Curso 2015/2016".

No será de aplicación a los funcionarios incluidos en este procedimiento las menciones que en las vacantes vienen determinadas con el enunciado "obligatoria".

En aquellos supuestos, en los que en el apartado "observaciones" una vacante tenga reseñada alguna condición que supedite su ocupación a la posesión de una titulación determinada o a reunir algún requisito específico, junto a la solicitud se acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los citados requisitos. En el supuesto de no reunir el solicitante los requisitos señalados para la vacante no podrá serle adjudicada.

Quinta.- Orden de preferencia para la adjudicación de destinos.

El orden de adjudicación de vacantes se ajustará a la secuencia numérica de colectivos señalados en la base primera.

Los criterios para determinar el orden de elección de los funcionarios, integrantes de los bloques indicados en la citada base, serán los siguientes:

- Los funcionarios desplazados y funcionarios sin plaza por supresión de ésta, por sentencia o resolución y los funcionarios procedentes del exterior, de la inspección de educación, de la administración educativa o de excedencia por maternidad:

- Mayor antigüedad en el Cuerpo.

- Mayor antigüedad en el Centro.

- Mayor puntuación obtenida en oposición.

- Los funcionarios a los que se haya concedido comisión de servicio por el Decreto 20/2000 para el curso 2015/2016:

- Mayor antigüedad en el Cuerpo.

- Funcionarios sin destino definitivo de acuerdo con los resultados del concurso de traslados 2014/2015 (provisionales).

- Mayor puntuación en el Concurso de Traslados.

- Los funcionarios reingresados por resolución de la Dirección General de Gestión de Personal anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes:

- Mayor antigüedad en el Cuerpo.

- Los funcionarios de carrera que hayan participado en la convocatoria de comisión de servicios de fecha 27 de marzo 2015 (concursillo):

- Se aplicarán las normas a que hace referencia la propia Resolución de 27 de marzo de 2015.

- Aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, concurso-oposición, convocado por Orden del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de 11 de marzo de 2015 y deban obtener su primer destino como funcionario en prácticas:

- mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo.

Sexta.- Situaciones optativas a las que pueden acogerse los funcionarios "desplazados" y "funcionarios sin plaza por supresión de ésta", que se encuentren incluidos en el punto 1 de la base primera de esta resolución.

Se entenderá que el funcionario opta por aceptar las condiciones que se deriven de la vacante adjudicada, cuando conforme al orden en que la ha consignado, le corresponda una que varíe las condiciones de jornada o lugar de prestación de la función docente, conforme a las siguientes circunstancias:

- Reducir sus retribuciones proporcionalmente a la jornada asignada.

- Impartir enseñanzas diferentes a las de su especialidad para las que tenga competencia docente.

- Ser desplazado a otro Centro de la misma localidad.

- Ser desplazado a otro Centro de la Comunidad Autónoma a horario completo o compartiendo horario con otro Centro. En este supuesto, el funcionario no tendrá derecho a dietas ni gastos de desplazamiento.

Séptima.- Procedimiento de adjudicación de vacantes.

Las vacantes se adjudicarán por el orden indicado en la solicitud del interesado, de acuerdo con lo establecido en la base quinta y sexta de esta convocatoria.

En aquellos casos que, de acuerdo con la normativa, sea obligatorio adjudicar destino por este procedimiento, el sistema de adjudicación respetará en primer lugar la especialidad del cuerpo al que pertenezca el funcionario y, únicamente, de no existir para alguno de los solicitantes vacantes de su especialidad, la Administración podrá adjudicar una vacante de otra especialidad diferente, la cual hubiera solicitado el interesado y para la que posea capacidad docente. Ello, se llevará a cabo una vez se haya adjudicado vacante al resto de los funcionarios del apartado por el que participa y que pertenezcan a la especialidad de la vacante que deba adjudicarse. De no consignar en la solicitud vacantes suficientes, o no presentar solicitud de participación, la Administración adjudicará de oficio aquella vacante que mejor se adecue al perfil del solicitante.

Octava.- Publicación de la adjudicación de vacantes.

La Dirección General de Gestión de Personal publicará los resultados de la adjudicación de vacantes en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y en la página del mismo http://www.educaragon.org. La adjudicación de vacantes a funcionarios de carrera no será más tarde del día 21 de agosto de 2015 y para los funcionarios en prácticas no más tarde del día 27 de agosto de 2015.

El destino adjudicado será irrenunciable y tendrá una duración coincidente con el curso escolar 2015/2016. No obstante en el caso de que la vacante haya sido motivada porque su titular desempeñe otro puesto de trabajo durante el presente curso escolar, se indicará dicho extremo para conocimiento de los aspirantes, dado que si por cualquier causa a lo largo del curso escolar retornase al puesto, se procedería al cese de quien ocupe de forma provisional o interina.

Novena.- Incorporación a los destinos asignados.

La incorporación a los destinos asignados, así como los nombramientos, se adecuarán a las normas dictadas por la Dirección General de Administración Educativa respecto de la organización de centros docentes.

No obstante, aquellos profesores que tuvieran necesidad de permanecer en sus puestos de origen como resultado de la actividad docente que deba desarrollarse en los primeros días del mes de septiembre, previa comunicación al centro de destino, podrán incorporarse en fecha diferente a su nuevo destino, sin que en ningún caso esta incorporación sea posterior a la fecha indicada en el calendario escolar para el inicio de curso de los diferentes ámbitos de enseñanza.

CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD POR LOS INTEGRANTES DE LAS LISTAS DE ASPIRANTES APLICABLES AL CURSO 2015/2016

Décima.- Participantes convocados.

Se convoca a los integrantes de las listas de aspirantes a puestos en régimen de interinidad aplicables al curso 2015/2016 para cobertura de vacantes de los siguientes Cuerpos:

1. Profesores de Enseñanza Secundaria.

2. Profesores Técnicos de Formación Profesional.

3. Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

4. Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas.

5. Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Esta convocatoria tendrá carácter nominativo. A tal efecto, por cada una de las especialidades en las que existieran vacantes, se publicará un listado de los aspirantes llamados a participar, cuyo número estará supeditado al de vacantes ofertadas.

Undécima.- Vacantes.

Resuelto el procedimiento de adjudicación de puestos de trabajo a funcionarios de carrera y funcionarios en prácticas, se harán públicas las listas de vacantes ofertadas a interinos, en ningún caso con posterioridad al día 27 de agosto de 2015 y con carácter previo a la resolución definitiva podrán anularse aquellas vacantes cuya provisión no fuera necesaria.

En el caso de que la vacante haya sido motivada porque su titular desempeñe otro puesto de trabajo durante el presente curso escolar, se indicará dicho extremo para conocimiento de los aspirantes, dado que si por cualquier causa a lo largo del curso escolar retornase al puesto, se procedería al cese de quien ocupe de forma provisional o interina.

Duodécima.- Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 28 de agosto, finalizando a las 14 horas del día 01de septiembre de 2015.

La instancia obtenida sólo será válida una vez que haya sido presentada por alguno de los siguientes procedimientos:

1. A través de la propia aplicación informática, con el botón "presentar solicitud al acto de elección".

Esta opción únicamente es posible si se ha accedido a la aplicación para grabar la solicitud mediante contraseña. En este caso no es necesario presentar la solicitud personalmente en el Servicio Provincial.

2. Personalmente por el interesado o por persona autorizada en cualquiera de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza (C/ Juan Pablo II, número 20), de Huesca (Plaza Cervantes, número 1), de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, número 3), debiendo éste acreditarse mediante la exhibición del D.N.I.

3. Las solicitudes también podrán tramitarse en la propia aplicación mediante la utilización de certificado electrónico. Esta forma de presentación por los candidatos convocados permitirá cumplimentar la solicitud de plazas, firmar y registrar las respectivas solicitudes a través de la aplicación web. En este caso no resultará necesaria la presentación personal de las peticiones.

De presentar más de una solicitud, se considerará como válida la que se hubiere registrado en último lugar. En ningún caso se admitirán solicitudes complementarias a otra ya presentada.

Decimotercera.- Procedimiento de petición.

Los aspirantes efectuarán la petición de vacantes mediante procedimiento escrito. A tal efecto, cumplimentarán la solicitud a través de la página web del Departamento http://www.educaragon.org, pestaña "Gestión de Personal", apartado "Inicio Curso 2015/2016".

En el apartado correspondiente a peticiones de vacantes, los aspirantes indicarán por orden de preferencia, los códigos de las vacantes que desean ocupar, incluyendo la totalidad de puestos de trabajo a que aspira.

El orden de peticiones que se consigne en la solicitud, será determinante para la adjudicación de la vacante y la posterior toma de posesión en el cuerpo y especialidad.

En aquellos supuestos, en los que en el apartado "observaciones" una vacante tenga reseñada alguna condición que supedite su ocupación a la posesión de una titulación determinada o a reunir algún requisito específico, el aspirante al que se le haya adjudicado, deberá acreditar su cumplimiento.

Los documentos que acrediten los extremos señalados en el párrafo anterior, se presentarán al mismo tiempo que el resto de la documentación necesaria para su nombramiento, en las fechas previstas para ello.

De no cumplir alguno de los requisitos necesarios para ocupar la vacante, quedará anulada la adjudicación y decaerá en su nombramiento de haberse éste efectuado, adjudicando la vacante en las siguientes convocatorias.

Excepcionalmente, podrá indicarse en la vacante la posibilidad de estar sujeta la toma de posesión a la realización de una prueba previa. La prueba versará siempre sobre la capacitación del aspirante en las habilidades necesarias para impartir la asignatura a que corresponda.

Decimocuarta.- Lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes serán presentadas personalmente por el interesado, en los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza (C/ Juan Pablo II, número 20), de Huesca (Plaza Cervantes, número 1), de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, número 3) en el plazo establecido en la base duodécima de la presente resolución.

Decimoquinta.- Procedimiento de adjudicación.

La adjudicación de destinos se efectuará conforme establece el Decreto 51/2014, de 8 de abril y demás normas de desarrollo, atendiendo a las peticiones que los interesados hayan efectuado.

En el caso de que los aspirantes no obtengan ningún destino de los incluidos en el apartado "orden de petición de vacantes" de la solicitud, se entenderá que rechazan el resto de las vacantes ofertadas con los efectos que de ello se deriven.

A excepción de lo que establece el Decreto 51/2014, de 8 de abril y las normas de desarrollo aplicables en el momento de iniciarse el plazo de presentación de solicitudes, las vacantes adjudicadas serán irrenunciables. Asimismo, no podrá adjudicarse ninguna vacante que no haya sido solicitada por los interesados en el apartado "orden de petición de vacantes".

Decimosexta.- Resolución de la adjudicación de vacantes.

1. Adjudicación de vacantes.

Las vacantes se adjudicarán por cuerpos, dentro de cada cuerpo por el orden numérico que corresponde al código de cada especialidad y, dentro de éstas, por el orden de los aspirantes, conforme a la lista de espera de cada especialidad, una vez aplicados los efectos de permanencia, decaimiento o promoción a que hace referencia el Decreto 51/2014, de 8 de abril y las normas de desarrollo aplicables al inicio del plazo de solicitudes de la presente convocatoria.

2. Resolución definitiva.

La Dirección General de Gestión de Personal hará pública la resolución definitiva de puestos adjudicados. La publicación se hará por especialidades, los puestos adjudicados y las personas a las que se ha asignado la vacante, indicándose en la misma la fecha de toma de posesión de los mencionados destinos.

3. Nombramientos e incorporación a los Centros.

Los profesores que hayan obtenido destino se personarán en el Servicio Provincial al que corresponda la vacante adjudicada en la fecha que se indique en la resolución, aportando la documentación necesaria para efectuar su nombramiento.

Una vez adjudicada una vacante, en el caso de que no pudiera efectuarse la toma de posesión o el aspirante no pudiera incorporarse al centro en situación de normalidad, se estará a lo dispuesto en el Decreto 51/2014, de 8 de abril y las normas de desarrollo aplicables al iniciarse el plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento.

Las fechas de presentación de documentación se indicarán teniendo en cuenta las fechas de toma de posesión.

No obstante, aquellos profesores que tuvieran necesidad de permanecer en sus puestos de origen como resultado de la actividad docente que deba desarrollarse en los primeros días del mes de septiembre, previa comunicación al centro de destino, podrán incorporarse en fecha diferente a su nuevo destino, sin que en ningún caso esta incorporación sea posterior a la fecha indicada en el calendario escolar para el inicio de curso de los diferentes ámbitos de enseñanza.

Decimoséptima.- Permanencia y decaimiento en listas.

En el supuesto de aspirantes no obtengan destino por el procedimiento indicado, se procederá de la siguiente forma:

1. Cuando se acredite que dichos aspirantes, por su puntuación no les hubiese correspondido una vacante de carácter obligatorio, permanecerán en listas para sucesivos llamamientos.

2. Cuando se acredite que dichos aspirantes hubieran podido, con su puntuación, obtener una vacante de carácter obligatorio que no fue solicitada, decaerán definitivamente en listas según lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 51/2014, de 8 de abril.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 24 de junio de 2015.

El Director General de Gestión de Personal,

ALFONSO GARCÍA ROLDÁN