RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2021, del Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, por la que se amplía el plazo de las medidas excepcionales contenidas en la Resolución de 27 de mayo de 2020, del Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, por la que se autoriza a las Escuelas de Tiempo Libre reconocidas por este Instituto, para la realización de cursos de monitor y director de tiempo libre en la modalidad semipresencial, durante el tiempo en que se vean afectadas por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón, en su artículo 46 establece que el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de la Juventud, prestará los servicios relacionados con las Escuelas de Tiempo Libre. En su capítulo III se refiere expresamente a la formación juvenil en el tiempo libre y se prevé el desarrollo reglamentario de lo previsto en esta Ley.
El Decreto 183/2018, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las Escuelas de Tiempo Libre y sus Enseñanzas en Aragón, establece en su artículo 13.4, apartado 4, que excepto en el módulo de prácticas profesionales, se podrá impartir, previa autorización, hasta un tercio de las horas correspondientes a cada módulo en la modalidad "a distancia".
Mediante la Resolución de 27 de mayo de 2020, del Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud, se autorizaron medidas excepcionales dirigidas a las Escuelas de Tiempo Libre reconocidas por este Instituto, para poder realizar los cursos de monitor y director de tiempo libre en la modalidad semipresencial, durante el tiempo en que éstas que se vieran afectadas por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 956/2020, de 25 de octubre. En el artículo 2 se establece que la prórroga establecida en este real Decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021, y se someterá a las condiciones establecidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Ante la continuación de las circunstancias extraordinarias derivadas del Estado de Alarma provocado por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 que impiden el normal desarrollo presencial de los cursos de monitor y director de tiempo libre, y con el fin de evitar el perjuicio de Escuelas y alumnado que pudiera verse implicado, resuelvo:
Primero.- Autorizar a las Escuelas de Tiempo Libre reconocidas por este Instituto a que durante el segundo semestre del año 2021 puedan ofertar en modalidad semipresencial los cursos de monitor y director de actividades en el tiempo libre, así como de informador juvenil, ampliando el porcentaje de materia que prevé el citado Decreto 183/2018, de 23 de octubre, para impartir en la modalidad a distancia, hasta el máximo posible que permita la naturaleza de los contenidos a impartir, previa autorización y siguiendo las instrucciones precisas que se aportarán por el personal técnico de este Instituto.
La solicitud de impartición de nuevos cursos en la modalidad semipresencial deberá contemplar los recursos en línea y la metodología que se van a utilizar para mantener los estándares de calidad necesarios que garanticen la formación adecuada del alumnado.
Segundo.- En función del nivel de alerta sanitaria, de la normativa vigente y de los protocolos que marque el Instituto Aragonés de la Juventud para la impartición de clases presenciales, las Escuelas de Tiempo Libre autorizadas por el Gobierno de Aragón podrán compatibilizar esta tipología con los cursos en su modalidad semipresencial hasta finalizar la vigencia de la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 19.2 de la Ley 19/2001, de 4 de diciembre, del Instituto Aragonés de la Juventud, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Zaragoza, 10 de junio de 2021.
El Director Gerente del Instituto Aragonés de la Juventud,
ADRIÁN GIMENO REDRADO